El Bono de Recuperación es una ayuda económica dirigida a las jefas y jefes de hogar cuyos inmuebles hayan sido afectados por daños o pérdidas debido fenómenos naturales como incendios o sistemas frontales, entre otras.

Conoce quiénes reciben el nuevo Bono de Recuperación y cómo postular

El beneficio lo recibirán todas aquellas familias que se han visto afectadas con la perdida o daño parcial de sus viviendas.

Esta ayuda se otorga a aquellos hogares que hayan sido catastrados a través de la Ficha Básica de Emergencia (FIBE).

En ese sentido, las seremis recopilarán las fichas FIBE y posteriormente calcularán el monto proporcional al daño causado, con un tope de $1,5 millones.

¿Qué es la ficha FIBE?

El Ministerio de Desarrollo Social creó la Ficha FIBE con el objetivo de recopilar la mayor información posible sobre las personas y familias que han sufrido la pérdida o el daño de sus viviendas, con el fin de coordinar beneficios y brindar ayuda a estas personas.

¿Cómo se pagará?

Antes de todo, la persona debe registrarse en la FIBE para recibir el bono de recuperación. Solo los funcionarios y/o servidores públicos capacitados y autorizados por la Subsecretaría de Servicios Sociales pueden aplicar la FIBE de manera exclusiva.

Una vez que esto se cumpla recibirás el pago directamente a tu CuentaRUT del BancoEstado.

Sin embargo, hay algunas personas que por una u otra razón deben retirar sus pagos de manera física en alguna sucursal del banco, y si este es tu caso, puedes ingresar AQUÍ para conocer si tienes disponible tu bono de recuperación.

¿Se postula?

No, no existe una plataforma para conocer con tu rut si eres beneficiario o beneficiara o postular al Bono de Recuperación.

El único requisito es que tu vivienda sea catastrada y quien reciba a las autoridades pertinentes cumpla con lo siguiente:

  • Tener 18 años o más
  • Ser integrante del grupo familiar afectado
  • El asentamiento debe ser regular o reconocido por el Minvu.