Desde este domingo 7 de julio se da inicio a la nueva Ley de Etiquetado de Alcoholes en Chile. A partir de hoy, todos los licores deberán por ley llevar en su envase los riesgos y consecuencias del consumo de alcohol, en especial para la población de riesgo, es decir, conductores, menores de edad y también embarazadas.
Ley de etiquetado de alcoholes: Conoce los cambios y cómo afectará a los consumidores
La actual ley señala que todos los licores que superen los 0,5 grados de alcohol llevarán sellos de advertencia.
Se trata de un sello similar a la que contienen ciertos alimentos “altos en”, aunque con la diferencia de que esta vez será en blanco y negro, y debe contener la cantidad de calorías de la bebida e ir impresa en el envase.
Estos sellos alertarán sobre los riesgos del consumo de alcohol en la población, similar a las advertencias utilizadas en los cigarrillos. Los productos con altos niveles de calorías, sodio, grasas saturadas y azúcar ya llevan este tipo de etiquetado desde hace varios años.
En cuanto a su fiscalización, desde Sernac advirtieron que, si bien es responsabilidad del Minsal fiscalizar las nuevas materias de rotulación y publicidad de bebidas alcohólicas, ellos también seguirán la implementación de la ley.
Conoce los cambios y medidas de la nueva ley de etiquetado de alcoholes
La norma incluye una serie de aplicaciones como la restricción horaria de la publicidad de bebidas alcohólicas en televisión desde las 06:00 a 22:00 horas, mientras que en radio comienza desde las 16:00 a 18:00 horas.
Sin embargo, lo anterior inicia desde el 7 de julio de 2026 y no desde este 2024, tal como ocurrirá con los sellos para las bebidas alcohólicas desde este domingo 7 de julio de 2024.
Conoce las restricciones en cuanto a la rotulación como de la publicidad de bebidas alcohólicas en Chile:
- Rotular las Calorías.
- Prohíbe publicidad dirigida a menores de edad.
- Prohíbe publicidad de bebidas alcohólicas entre 06:00 a 22:00 horas en TV. (2026)
- Prohíbe publicidad de bebidas alcohólicas en la radio entre 16:00 a 18:00 horas. (2026)
- Rotular advertencia sanitaria, respecto al consumo de alcohol y su relación con embarazo, conducción, y menores de 18 años.
- Incorporar en la publicidad las advertencias sanitarias en toda publicidad difundida a través de medios de comunicación escrita, o carteles o avisos publicitarios de todo tipo, sean ellos físicos o virtuales, publicidad audiovisual y avisos radiales.