A partir del 26 de abril comenzará a aplicarse la reducción de la jornada laboral en Chile con la ley de 40 horas semanales. En principio, desde esa fecha las personas que actualmente trabajen 45 horas cada semana, pasarán a hacerlo solo por 44 horas. Posteriormente los horarios irán bajando de manera progresiva con los años.
Con ello, son millones de trabajadores y trabajadoras que verán reducida su jornada laboral a partir de los próximos meses. Sin embargo, existen dudas respecto a las personas que se verán beneficiadas, ya que muchos se preguntan si la medida también aplica para quienes emitan boletas de honorarios.
Ley 40 horas: ¿Qué pasará con los trabajadores a honorarios?
Quienes trabajen con boletas a honorarios no verán una reducción en su jornada laboral a 40 horas semanales.
Esto se debe a que la ley establece que la medida solo aplica para quienes tenga contrato y se rijan por el Código del Trabajo. Por su parte, los independientes seguirán en la misma condición de siempre.
Ley 40 horas: ¿A qué otros trabajadores no se les reduce la jornada laboral?
La ley de las 40 horas semanales establece que no verán una reducción en su jornada laboral las siguientes personas:
- Trabajadores a honorarios sin contrato.
- Funcionarios públicos, ya que no funcionan con Código del Trabajo.
- Trabajadores que presten servicios como gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata.
Cabe aclarar una vez más que la Ley de las 40 horas laborales solo aplica para las personas dependientes que están contratadas y que se rigen por el Código del Trabajo.
¿Cuándo comienzan a regir las 40 horas a la semana?
La ley de las 40 horas semanales comenzará a regir desde el 26 de abril de 2024, cuando la jornada laboral se reduzca a 44 horas. No obstante, para alcanzar las 40 horas habrá que esperar hasta el año 2028, debido a que la norma se aplicará de forma progresiva de la siguiente manera:
- 44 horas semanales: 26 de abril de 2024. Un año después de la entrada en vigencia de la ley la jornada laboral se reducirá de 45 a 44 horas semanales.
- 42 horas semanales: 26 de abril de 2026. Tres años después de la entrada en vigencia de la ley la jornada laboral se reducirá de 44 a 42 horas semanales.
- 40 horas semanales: 26 de abril de 2028. Cinco años después de la entrada en vigencia de la ley la jornada laboral se reducirá de 42 a 40 horas semanales.
¿Qué pasa con la hora de colación en las 40 horas semanales?
Actualmente, el artículo 34 del Código del Trabajo indica que el horario de colación o almuerzo no está considerado dentro de la jornada laboral, aunque es un derecho adquirido del trabajador, que por lo menos tiene treinta minutos diarios de pausa, aunque casi siempre se da una hora.
Por lo tanto, las personas que trabajan 45 horas a la semana (con la hora de colación incluida) no verán una reducción de su jornada laboral, debido a que en realidad solo se consideran 40 horas trabajadas.
Por ejemplo, si trabajas de 9:00 a 18:00 horas a diario, solo estás trabajando 40 horas a la semana. Diferente es para quienes tienen un horario de 8:00 a 18:00 horas o de 9:00 a 19:00 horas, ya que en estos casos sí trabajan 45 horas sin contar la hora de colación, por lo que su jornada de trabajo disminuirá.
¿Trabajas con boleta de honorarios?
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