Ad portas de una nueva celebración de Fiestas Patrias, los trabajadores esperan el ansiado pago del aguinaldo. Beneficio que la mayoría de las personas utilizan para costear los gastos del 18 de septiembre.

Pero ojo, porque no es obligación que se pague el aguinaldo a todos los trabajadores, conoce más detalles en la siguiente nota de Rednews.

¿Qué trabajadores públicos que recibirán un aguinaldo en septiembre?

Los trabajadores públicos que recibirán el aguinaldo de Fiestas Patrias este año, serán quienes tienen cargos de planta o contrata al 31 de agosto 2024, que cumplan con lo siguiente:

  • Aquellos sectores de Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
  • Las instituciones reconocidas como colaboradoras del Sename (Servicio Nacional de Menores) o su continuador legal.
  • Las universidades estatales.
  • Los establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Aquellos que sean establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Establecimientos de educación parvularia que estén financiados por la JUNJI.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.

El pago de este beneficio, se pagará junto al sueldo del mes de septiembre, por lo tanto, la fecha de entrega es variable y dependerá de cada beneficiario.

¿Qué pasa con los trabajadores de empresas privadas?

Actualmente, en la legislación no está la obligación de que las empresas privadas entreguen aguinaldo a trabajadores, por lo tanto, es decisión del empleador entregar o no este beneficio.

En los siguientes casos es obligación, además de un derecho, que los trabajadores reciban este beneficio:

  • Si el aguinaldo de Fiestas Patrias está estipulado en el contrato de trabajo.
  • Al haber un contrato o convenio colectivo en donde el aguinaldo está incorporado como cláusula.

¿Cuánto dinero paga el beneficio?

Para este año 2024, el Aguinaldo Fiestas Patrias tendrá estos montos, dependiendo de tu remuneración:

  • $85.093: trabajadores con sueldo líquido igual o menor a $984.282 a agosto del 2024.
  • $59.071: aquellos trabajadores con remuneración líquida mayor a $984.282 a agosto de 2024.