El próximo domingo 7 de mayo es la votación del Consejo Constitucional, la cual es de carácter obligatorio, por lo que quienes se ausenten se arriesgan a sanciones. 

¿Qué hago si no puedo ir a votar el 7 de mayo? 

Si no puedes ir a votar el 7 de mayo, puedes excusarte solo por las siguientes causales:

  • Enfermedad.
  • Ausencia del país.
  • Encontrarse el día de la elección en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquel en que se encontrare registrado su domicilio electoral.
  • Por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica. 

En el caso de que el 7 de mayo te encuentres situado a más de 200 kilómetros de tu domicilio electoral, deberás acudir el mismo día a alguna unidad de Carabineros (comisaría, tenencia o retén) y dejar una constancia del lugar en el que te encontrabas aquel día. 

Luego de dejar constancia, recibirás el comprobante de la policía, el que deberás presentar ante el juez el día en el que te citen a declarar.

En los demás casos anteriormente nombrados, las personas serán denunciadas por el Servel, y en unos días recibirán una notificación a su domicilio electoral por parte del Juzgado de Policía Local para declarar ante un juez. 

Cuando les toque hacer el trámite, deberán presentar algún documento que acredite la excusa por no haber votado ese día. Por ejemplo, se puede presentar algún certificado médico, documento de la PDI o de la aerolínea que acredite que se estaba fuera del territorio chileno, entre otros.

Cabe destacar que los chilenos con domicilio registrado en el extranjero no están obligados a votar, ya que su participación es solo voluntaria.

¿Cuál es la multa por no votar?

Si el 7 de mayo no acudes a ejercer tu voto, y no posees ninguna excusa aceptable, te enfrentarás a una multa que va desde $31.537 a $189.922.

La multa de los vocales de mesa va desde $126.148 a $504.592.