La Asignación Familiar, más conocida solo como Familiar, es un beneficio del Instituto de Previsión Social (IPS) que tiene como objetivo ayudar económicamente a las familias y personas que cumplan con los requisitos.

¿Cómo saber cuándo me pagan la Asignación Familiar?

Para saber tu fecha de pago de la Asignación Familiar, debes ingresar AQUÍ y digitar tu RUT.

Una vez dentro del sistema, tienes que hacer clic en "consultas" y luego en "consulta de solicitudes". Tras esto, la página te pedirá que ingreses tu Clave Única.

Finalmente, el sitio web te dirá automáticamente de qué bonos eres beneficiario y cuándo recibes el pago.

¿Cuál es el monto de la Asignación Familiar?

Tras el alza en el sueldo mínimo y el anuncio aparte del Gobierno que aumentará el monto de este beneficio y también el Subsidio Único, los nuevos montos del beneficio son los siguientes:

  • Límite superior tramo $429.899: subsidio de $20.328.
  • Límite superior tramo $627.913: subsidio de $12.475.
  • Límite superior tramo $979.330: subsidio de $3.943.

¿Cómo funciona el pago?

La forma de pago de la Asignación Familiar varía por persona, de la siguiente manera:

  • Trabajadores dependientes: es pagado por el empleador, y está incluido en el sueldo.
  • Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios: en la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.
  • Trabajadores independientes que cotizan por cuenta propia: cuando efectúen sus cotizaciones o aportes.
  • Pensionados: paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).
  • Subsidiados por cesantía: se paga junto al subsidio.

¿Cuáles son los requisitos de la Asignación Familiar?

Pueden recibir la Asignación Familiar las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Trabajadores dependientes sector público y privado.
  • Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
  • Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
  • Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Pensionados de cualquier régimen.
  • Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
  • Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
  • Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
  • Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal y de Pensión Básica Solidaria de Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
  • Los beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. No obstante, sólo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.