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Beneficios

¿Es imponible el Aguinaldo Fiestas Patrias? Así funciona el bono de septiembre

Revisa si el beneficio está sujeto a algún tipo de impuestos y cómo queda el monto para los beneficiarios.

Remolino de fiestas patrias
© JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILERemolino de fiestas patrias

Este mes se paga el Aguinaldo Fiestas Patrias, un beneficio para pensionados y empleados públicos que se entrega todos los años en estas fechas. Con la llegada septiembre, surge la pregunta crucial: ¿Es imponible el Aguinaldo Fiestas Patrias? Este bono, tan esperado por muchos, despierta esta interrogante.

Revisa a continuación cómo funciona el pago del aguinaldo en términos de su imponibilidad y si hay descuentos en el monto del beneficio.

¿Qué pensionados reciben un pago extra del Aguinaldo Fiestas Patrias?

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¿Es imponible el Aguinaldo Fiestas Patrias?

El Aguinaldo Fiestas Patrias no es imponible, esto significa que no está sujeto a impuestos sobre la renta o impuestos adicionales. En otras palabras, el monto queda intacto para el beneficiado.

¿Cuál es el monto?

El monto para pensionados es de $23.261 y $11.933 adicionales por cada carga familiar que esté acreditada al 31 de agosto de 2023.

Por otro lado, los empleados públicos reciben $81.196 si su remuneración líquida igual o inferior a $943.703, o $56.365 si su remuneración líquida superior a $943.703.

¿Cuáles son los requisitos?

Pensionados:

  • Pensionados del IPS que tengan Pensión Garantizada Universal (PGU) o Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
  • Pensionados de Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
  • Pensionados de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
  • Pensionados de AFP o compañías de seguro que además reciben la PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.
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Empleados públicos:

Solo es necesario ser trabajador del sector público que desempeñe cargos de planta o a contrata al 31 de agosto del año 2023.

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