Esta semana comenzó la tramitación del proyecto de ley que entrega un nuevo Bono Invierno 2023 luego del que se pagó durante el mes de mayo. La Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados ya aprobó la iniciativa y ahora debe ser debatido en la Comisión de Hacienda, para que luego sea discutida por toda la Cámara Baja.
¿Cuántos pagos entrega el nuevo Bono Invierno 2023?
El Bono Invierno extraordinario, anunciado en la Cuenta Pública del presidente Gabriel Boric, ofrecerá un único pago que debiese entregarse durante este mismo de junio si es que se aprueba el proyecto de ley.
¿Cuánto dinero recibes con el Bono Invierno extraordinario?
Este nuevo pago del Bono Invierno entregará un monto de $60.000 por cada beneficiado.
Esta cifra se suma a los $74.767 entregados en mayo en el primer pago del Bono Invierno, de manera que los pensionados obtendrán un total de $134.767.
Consulta con tu RUT si recibes el segundo pago del Bono Invierno 2023
Si recibiste el beneficio en mayo, obtendrás automáticamente el nuevo pago del Bono Invierno. Por ello, puedes consultar con tu RUT si te entregaron el dinero durante el mes ingresando AQUÍ.
También puedes consultar si eres beneficiario de estas dos maneras:
- Presencial: Puedes acudir a una oficina de ChileAtiende presentando tu cédula de identidad.
- Por teléfonos: Puedes llamar al 101 de lunes a viernes, de 08:00 a 18:00 horas, marcando la opción 2 y alternativa 1.
¿Cuáles son los requisitos para recibir el pago extra del Bono Invierno?
Podrán recibir el nuevo Bono Invierno quienes obtuvieron el anterior pago, es decir, las personas que tengan 65 años y pertenezcan a alguno de los siguientes grupos:
- Quienes reciban una pensión igual o menor a $201.677 (correspondiente al valor de una pensión mínima de vejez para mayores de 75 años) y sean parte de alguna de estas cuatro instituciones:
– Instituto de Previsión Social
– Instituto de Seguridad Laboral
– Cajas de previsión
– Mutualidades de empleadores
- Debes pertenecer al Sistema de Pensiones de Vejez (1980) y estar percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
- Ser parte del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) y recibir un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) con una pensión igual o inferior a $201.677.
- Recibir la Pensión Garantizada Universal (PGU) y no tener derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
- Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, reciban una PGU y sus pensiones sean de un monto inferior o igual a $201.677.