El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó durante la jornada de este miércoles que aquellas personas que obtuvieron ganancias mediante las paginas de apuestas online deberán declaran en el proceso de Operación Renta y no caer en algún incumplimiento tributario.

Ganadores deben declarar sus ganancias

De acuerdo a lo informado por Emol, el mismo director del SII, Hernán Grigolett, precisó la información “Su obligación sería declarar”.

Por su parte la subdirectora de fiscalización del organismo, Carolina Saravia, aseguró que “toda persona que tiene un aumento de patrimonio en un año definido debe declarar esas rentas en su declaración de renta del mes de abril”.

Por otra parte, Saravia agregó que “En el caso específico de las personas que puedan haber obtenido un aumento de sus patrimonios, por lo tanto una renta producto de las apuestas en estas plataformas online, debieron haber declarado en el minuto que la obtuvieron en el formulario 50 como renta esporádica con una tasa del 25%”.

Operación Renta

En relación a la operación renta de este 2023, se informó que acciones deben tomar los ganadores de este tipo apuestas online “Lo que deben hacer es declarar ahora en el proceso de la Operación Renta el total de las rentas que obtuvieron durante 2022 producto de los juegos en estas plataformas y pueden utilizar de crédito el impuesto que pagaron durante el año pasado”.

Si no pagaron el impuesto como renta esporádica entonces sí o sí deben incorporar esas rentas en el formulario 22, hay un código específico, el 1104, que es para las rentas de fuentes extranjeras, cualquier renta de fuente extranjera”, aseguró la subdirectora al citado medio.

¿Cuándo es la Operación Renta 2023?

El proceso comenzará a partir del sábado 1 de abril y finalizará el sábado del mismo mes.

¿Quiénes deben hacerlo?

De acuerdo a la información proporcionada por ChileAtiende, para este proceso 2023 deberán declarar renta quienes:

  • Tuvieron un ingreso anual superior a los $9.907.434 (salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador).
  • Tuvieron más de un empleador.
  • Trabajaron a honorarios y quieren optar a la cobertura parcial para sus cotizaciones previsionales.
  • Realizaron el segundo retiro voluntario del 10% acumulado en su AFP, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 21.295, y tienen un ingreso tributable superior a 30 UTA ($22.016.520).
  • Quieran acceder a algún beneficio o crédito tributario, como por ejemplo, la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios.
  • En el caso de las empresas, todas tienen que presentar su declaración de renta.