Este martes entró en vigencia la Ley que permite cambiar el orden de los apellidos y llevar en primer lugar el apellido materno en el registro de cada persona.

La normativa establece dos criterios: hijos en común aún no registrados y el cambio de apellido a mayores de edad.

¿Cómo funciona el cambio de apellido?

En el caso de hijas e hijos en común, debe existir acuerdo entre las partes al momento de determinar el orden de los apellidos. Si no hay acuerdo, se entenderá que el primer apellido de toda la descendencia será el paterno y el segundo el materno.

Mayores de edad podrán cambiar el orden de los apellidos con los que fueron inscritos, pero el proceso lo podrán realizar solamente una vez.

Si una persona cambia el orden de sus apellidos, la modificación provocará el cambio en el registro de hijas e hijos menores de edad. Sin embargo, si el o la menor cumple entre 14 y 18 años, podrá elegir si se acoge a la nueva identidad o mantiene el orden que tenía previamente.

Excepcionalmente se puede solicitar, vía judicial, el cambio de apellido al de una abuela o abuelo.