El Programa Pequeños Condominios es un Subsidio habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) que está dirigido a las familias dueñas de su propio terreno, que se encuentren en situación de vulnerabilidad,para construir más de una vivienda en un solo terreno.

¿Hasta cuándo se puede postular al Subsidio del Minvu de Pequeños Condominios?

El llamado anual para postular al beneficio del Minvu se encontrará disponible hasta el 15 de diciembre y contempla un presupuesto de 850 mil UF, lo que permitirá beneficiar a más de 900 familias del país.

El subsidio está pensado para quienes cuentan con un terreno y están dispuestos a densificar bajo copropiedad, correspondiendo a un monto base que puede aumentar según la ubicación de la vivienda y subsidios complementarios que apliquen al proyecto. El beneficio puede entregar desde 750 a 1535 UF por grupo familiar, quiénes podrán tener las cuentas de servicios básicos por separado.

¿Cómo postular al Subsidio Pequeños Condominios?

Para postular al subsidio se puede hacer individualmente o de manera colectiva, pero para ambos casos se debe postular a través de una Entidad Patrocinante con convenio marco vigente o con un equipo técnico de profesionales junto a quiénes se prepare un proyecto con el fin de ser aprobado por el Serviu.

Este beneficio permite construir de 2 a 12 viviendas por terreno, en copropiedad, en donde el dueño cede terreno a los demás postulantes, siempre que se cumplan con los siguientes requisitos:

  • Al menos el 50% de los integrantes deberá pertenecer al 40% del Registro Social de Hogares (RSH) y el otro 50% puede ser hasta el 90%.
  • Al menos uno de los postulantes debe ser propietario o heredero legal del terreno en que habita.
  • 10 UF (alrededor de $320.000) de ahorro mínimo requerido para postulantes del 40% RSH y 15 UF ($480.000) mínimo para postulantes sobre el 40% hasta el 90% RSH.
  • Que el o los propietarios del terreno estén dispuestos a ceder parte de los derechos de éste al resto de las familias que conformarán el condominio dentro de su lote (copropiedad), pudiendo incluso considerarse la compra de esos derechos con cargo al mismo subsidio. Se debe considerar que esta opción restará recursos para la construcción de la vivienda.
  • No haber recibido subsidio anterior (excepto caseta sanitaria) ni estar postulando a otro subsidio habitacional.
  • Pueden postular personas solas mayores de 60 años, viudas, con discapacidad u otras situaciones particulares establecidas en el reglamento del subsidio.