La Corte Suprema acogió los recursos de protección de los afiliados a las isapres y deja sin efecto el alza de los planes base anuales de los prestadores de seguros de salud privados.
De acuerdo a la Tercera Sala del máximo tribunal, las isapres actuaron de manera arbitraria al anunciar el alza de los planes de manera general sin entregar antecedentes que justifiquen el incremento de los precios a cada afiliado y sin presentar otro justificativo que las estipulaciones entregadas por la Superintendencia de Salud.
En detalle, el tribunal supremo acogió 12 recursos de protección presentados contra las isapres: Consalud, Colmena, Cruz Blanca, Vida Tres, Banmédica, Nueva Más Vida por el alza anual de los planes base de salud y ordenó detener el incremento del 7,6% aplicado por las prestadoras de seguros privados.
De acuerdo al fallo, “la sola mención genérica de un supuesto incremento de costos informado a la Superintendencia de Salud no es suficiente para cumplir con las exigencias” del artículo 198 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2005.
Esto, ya que no se cumple con expresar: la variación de los costos en las prestaciones, variación de la frecuencia de uso de los planes, la variación en costos de subsidios de incapacidad laboral pagados por la aseguradora, el costo de las nuevas prestaciones, la variación de frecuencia en uso de las nuevas prestaciones, y los elementos que sirven para incentivar la contención de los costos.
La noticia se da a conocer en la misma jornada que el Ministerio de Salud sostuvo la primera reunión de trabajo con la Asociación de Isapres, con el fin de examinar el panorama de las aseguradoras privadas, quienes han señalado estar al borde de la quiebra; y de entablar criterios comunes para un nuevo Sistema Universal de Salud.
“El propósito de esta reunión es que construyamos un cambio con todos los actores. Nuestra misión es cuidar a todas las personas y este es un importante paso hacia la reforma de salud“, señaló la ministra Begoña Yarza.