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Pensión alimenticia

Cámara despacha ley que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

Con la nueva Ley se exigirá consultar al Registro ante solicitud de beneficios estatales

Se crea Ley del Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias
© Agencia UnoSe crea Ley del Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias

Día histórico para la infancia en Chile. Este martes la Cámara despachó a Ley el proyecto que modifica la norma sobre el abandono de familia y pago de pensiones alimenticias y crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

La medida fue aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputadas y Diputados y en datalle, busca promover medidas para garantizar el pago de pensiones de alimentos.

En el registro se dará cuenta de la inscripción de las personas que reúnan las siguientes condiciones:

Que estén obligadas al pago de una pensión de alimentos, provisorios o definitivos, fijados o aprobados por resolución judicial que causa ejecutoria.

Que adeuden, total o parcialmente, al menos tres mensualidades consecutivas de alimentos provisorios o definitivos, o cinco discontinuas.

Con la nueva ley, se obliga a consultar al Registro de Deudores de Pensiones Alimenticias ante trámites como la renovación del pasaporte o la licencia de conducir.

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Y también será una exigencia para la entrega de beneficios y aportes monetarios por parte del Estado.

Hay que consignar que en Chile solo el 16% de las personas que deben pagar pensiones alimenticias cumplen a cabalidad con el compromiso.

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