Se acercan las Fiestas Patrias en nuestro país que traerán cuatro días de celebraciones y descanso. Jornadas en las que además se debe honrar a los emblemas nacionales, ya que según establece la ley, es obligatorio poner la bandera chilena en el hogar los días 18 y 19 de septiembre.
¿En qué año se promulgó la ley que obliga a poner la bandera chilena en Fiestas Patrias?
El 18 de octubre de año 1967 se promulgó el Decreto Supremo 1.534 que establece la obligatoriedad de colocar la bandera chilena para los días 18 y 19 de septiembre.
El artículo 2 de ese Decreto establece que: “Con excepción de los días 21 de mayo y 18 y 19 de septiembre de cada año, en que deberá izarse obligatoriamente y al tope, la Bandera Nacional podrá usarse o izarse sin autorización previa, cuidando siempre de resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones de este reglamento”.
Ese año el país se encontraba bajo el gobierno de Eduardo Frei Montalva, el padre de quien fuera luego también presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle.
De la misma forma, la Ley 20.537 del año 2011 establece en su artículo 2 “que su uso o izamiento será obligatorio en las oportunidades o efemérides que determine el reglamento“.
¿Para qué lado va la estrella de la bandera chilena?
Para los días 18 y 19 de septiembre deberás colocar la bandera en tu casa de forma horizontal o vertical colgada en la venta o bien con un mástil.
En cualquiera de los tres casos la estrella chilena siempre debe quedar para el lado izquierdo si es que la miras de frente, tal como se ve en la siguiente imagen.
¿Cómo se pone la bandera?
Puedes poner la bandera chilena de manera horizontal y colgada en una ventana con la estrella al lado izquierdo de la siguiente forma:
También puedes poner la bandera de manera vertical y colgada en una ventana. En este caso la estrella nuevamente debe quedar al lado izquierdo mirada de frente.
También puedes colocar la bandera chilena en un mástil, que debe ser blanco y en el que esta debe quedar en el tope superior.
El uso de la bandera será obligatoria en todas las casas y edificios del país, aunque quienes viven en departamento no tendrán esta obligación, si el edificio ya cuenta con esta.