El próximo domingo 7 de mayo se desarrollarán las elecciones del Consejo Constitucional en Chile, que serán los encargados de revisar el texto desarrollado por la Comisión Experta y de redactar gran parte de la nueva propuesta de Constitución Política de la República, que se llevará a plebiscito.
Serán 50 los consejeros electos democráticamente por la ciudadanía, quienes iniciarán su trabajo desde el mes de junio y lo concluirán en noviembre, para dar paso al plebiscito de salida que ratifique o rechace la nueva propuesta constitucional en diciembre próximo.
Estas elecciones tienen el carácter de voto obligatorio, así que quienes no se presenten a las urnas, recibirán multas, a no ser que presenten una excusa cuando sean citados.
¿Cómo excusarme si estoy lejos de mi local de votación?
La normativa electoral establece que para considerar como excusa la lejanía la local de votación, una persona debe encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de 200 kilómetros de aquel en que se encontrare registrado su domicilio electoral.
En caso que aquello suceda, se deberá dejar una constancia en Carabineros durante el día de las elecciones y presentarla al Juzgado de Policía Local, en la fecha que sea citado.
Quienes no asistan a votar y no tengan justificativo, recibirán una multa que puede variar entre 0,5 a 3 Unidades Tributarias Mensuales (entre $31.537 y $189.222, aproximadamente).
¿Solo sirve como excusa estar a más de 200 km de distancia?
La ley establece que “no recibirá sanción el elector que haya dejado de cumplir su obligación” quienes puedan acreditar alguna de las siguientes situaciones:
- Enfermedad.
- Ausencia del país.
- Encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquel en que se encontrare registrado su domicilio electoral.
- Otro impedimento grave.
Sea cual sea el caso, la situación debe ser comprobada debidamente ante el juez competente.