A finales de mayo el Gobierno junto a representantes de la CUT llegaron a un importante acuerdo en diversas áreas, una de ellas fue el reajuste en un 4,5% para distintos beneficios, entre los que se encuentra el Subsidio Único Familiar (SUF).

Este aporte subirá a $21.243, sin embargo, aún no aumentará, ya que, recién esta semana iniciará su discusión parlamentaria.

Subsidio Único Familiar: Tres datos claves del aporte que tendría un reajuste este mes

Hay “dos” Subsidios Únicos Familiares:

Es importante señalar que el SUF se divide en beneficio “tradicional” o “automático, el primero es postulable y se entrega a personas que cumplan los requisitos y sean parte del 60% del Registro Social de Hogares (Tramo 2), mientras que el automático es como dice su nombre automático y se entrega sin necesidad de postular a las familias que cumplan los requisitos y sean parte del 40% (Tramo 1).

Consulta la fecha de pago del SUF tradicional o automático en el sitio mi.chileatiende.gob.cl.

Ambos aportes son por “causante”:

Si bien el SUF se entrega al jefe de familia, el monto del beneficio es por carga o causante y, por lo tanto, el monto (actualmente es de $20.328) se multiplica por la cantidad de cargas que tengan inscritas, por ejemplo, una familia con un causante recibirá solamente el pago de $20.328, mientras que otra familia con tres cargas inscritas, recibirá un total de $60.984.

Además, si la carga se trata de una persona con discapacidad (en el bono tradicional), el monto total del beneficio será de $40.656 por carga.

¿Quiénes son los causantes?

Este aporte se entrega a diferentes causantes, dependiendo si es el tradicional o automático:

SUF Tradicional (Causantes)SUF Automático (Causantes)
Niñas, niños y adolescentes menores de 18 años, que cumplan los siguientes requisitos:Tener menos de 18 años.
Menores de 8 años deben participar en los programas de salud del MINSAL para la atención infantil.
Menores de 8 años deben participar en los programas de salud del MINSAL para la atención infantil.
Mayores de 6 años tienen que acreditar que son alumnos o alumnas regulares de enseñanza básica, media o superior en establecimientos reconocidos por el Estado, a excepción de las personas con discapacidad.
Personas con discapacidad intelectual o física de todas las edades.