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Restricción Vehicular

Restricción Vehicular iniciaría en mayo: Así funcionará la medida según cómo fue el 2023

Se espera que la restricción vehicular inicie en el mes de mayo. Revisa cómo funcionaría la medida según como fue en 2023.

Restricción Vehicular iniciaría en mayo: ¿Cómo funcionará?
© DRAGOMIR YANKOVIC/ATON CHILERestricción Vehicular iniciaría en mayo: ¿Cómo funcionará?

Dentro de pocos días iniciará la Restricción Vehicular 2024, una medida aplicada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para regular el tráfico de determinados vehículos en toda la Región Metropolitana.

Recordemos que esta iniciativa tiene como propósito de prevenir y reducir la contaminación ambiental en la capital, especialmente durante los meses fríos de otoño e invierno en sectores acotados de la región.

Restricción Vehicular iniciaría en mayo: Así funcionará la medida según cómo fue el 2023

Tal como en 2023, la restricción vehicular se aplicaría en toda la provincia de Santiago y en las comunas de Puente Alto y San Bernardo. Sin embargo, de momento no han anunciado oficialmente el perímetro de la restricción.

Sucede lo mismo para su fecha de inicio y vehículos implicados. Si todo ocurre tal cual como en 2023, la medida aplicaría para vehículos catalíticos con sello verde, registrados antes del 1 de septiembre de 2011, así como las motocicletas inscritas antes de 2010, estarán sujetos a una restricción vehicular de dos dígitos diarios.

Restricción Vehicular 2024

Restricción Vehicular 2024

Mientras que los vehículos y motocicletas anteriores a 2002, que no sean catalíticos o no cuenten con sello verde, tendrán una restricción aún más estricta, limitada a cuatro números por día.

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Por otra parte, debería comenzar alrededor del 1 o 2 de mayo, extendiéndose hasta el último día hábil de agosto de 2024.

¿Qué vehículos quedan fuera de la restricción vehicular?

  • Vehículos que ingresen a las comunas con restricción desde fuera de Santiago (deben acreditarlo).
  • Carabineros, PDI, bomberos, municipales, ambulancias y gendarmería.
  • Carrozas fúnebres.
  • Prestadores de servicios a la Comisión Chilena de Energía Nuclear.
  • Automóviles híbridos o 100% eléctricos.
  • Vehículos a gas con el D.S Nº 55/98 y revisión técnica al día.
  • Autos modificados para discapacitados o para el traslado de personas con alguna discapacidad. Deben contar con credencial del Registro Nacional de Discapacidad.
  • Prestadores de servicios a hospitales, clínicas, centros de rehabilitación y centros de salud.

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