En Chile, se encuentran disponibles diversos beneficios y bonos estatales diseñados específicamente para apoyar a las personas que se encuentran sin empleo. 

De este modo, aquellos que estén cesantes tienen la posibilidad de recibir pagos mensuales, especialmente si anteriormente mantenían un contrato de trabajo.

¿Tengo que estar en el Registro Social? Los bonos para cesantes y sus requisitos

Fondo de Cesantía Solidario

El Fondo de Cesantía Solidario se otorga a aquellos que no cuentan con recursos suficientes en su Cuenta Individual de Cesantía y, por lo tanto, no pueden cobrar el Seguro de Cesantía. También se aplica cuando se agota el saldo en la cuenta y aún no se encuentra trabajo.

Este beneficio se puede pagar durante cinco meses si se tenía contrato indefinido o por tres meses si era contrato a plazo fijo. Si la persona sigue cesante después de ese plazo, independientemente del tipo de contrato, puede recibir dos giros adicionales si la tasa de desempleo nacional según INE supera en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.

Los bonos que puedes recibir si estás sin trabajo

Los bonos que puedes recibir si estás sin trabajo

Los montos que entrega este beneficio son los siguientes:

Contrato indefinido o de trabajador de casa particular:

  • Primer mes: 70% de la remuneración de los últimos 12 meses.
  • Segundo mes: 55% de la remuneración de los últimos 12 meses.
  • Tercer mes: 45% de la remuneración de los últimos 12 meses.
  • Cuarto mes: 40% de la remuneración de los últimos 12 meses.
  • Quinto mes: 35% de la remuneración de los últimos 12 meses.
  • Sexto mes y siguientes: 30% de la remuneración de los últimos 12 meses.

Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado:

  • Primer mes: 50% de la remuneración de los últimos 12 meses.
  • Segundo mes: 40% de la remuneración de los últimos 12 meses.
  • Tercer mes: 35% de la remuneración de los últimos 12 meses.
  • Cuarto y quinto mes: 30% de la remuneración de los últimos 12 meses.

Subsidio de Cesantía

Este beneficio está dirigido a quienes firmaron su último contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002, ya que después de esa fecha se puede optar al Seguro de Cesantía.

El Subsidio de Cesantía es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o cajas de compensación y se entrega por un máximo de 360 días.

Este beneficio se paga mensualmente por períodos de 90 días, renovables si se acredita la condición de cesante, hasta totalizar el máximo de 360 días. Sin embargo, el monto mensual va disminuyendo de la siguiente manera:

  • Primeros 90 días: $17.338 por mes.
  • Entre los 91 y los 180 días: $11.560 mensuales.
  • Entre los 181 y los 360 días: $8.669 por mes.

Seguro de Cesantía

El Seguro de Cesantía es un beneficio dirigido a personas que tenían contrato de trabajo y, por ende, eran dependientes. En esta situación, un porcentaje de su sueldo mensual se destinaba a una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Ahora, estas personas pueden cobrar el dinero acumulado en caso de quedar cesantes.

Este beneficio permite realizar giros mensuales de la Cuenta Individual según el saldo acumulado. El monto que se recibe se determina en base a porcentajes de la remuneración promedio de los últimos 12 meses antes de quedar cesante:

  • Primer mes: 70% del sueldo promedio.
  • Segundo mes: 55% del sueldo promedio.
  • Tercer mes: 45% del sueldo promedio.
  • Cuarto mes: 40% del sueldo promedio.
  • Quinto mes: 35% del sueldo promedio.
  • Sexto mes o más: 30% del sueldo promedio.

Indemnización por término de contrato

La indemnización por término de contrato es un beneficio que complementa o reemplaza la indemnización por años de servicio y el Seguro de Cesantía. Los trabajadores con contrato que llevan más de seis años en una empresa pueden acordar con su empleador la sustitución de la indemnización legal por una indemnización a todo evento.

Cuando la persona queda cesante por cualquier causa, cobra este beneficio que anteriormente había sido pagado por el empleador de forma mensual en la AFP del trabajador. La persona desempleada recibe el monto acumulado hasta ese momento, tomando en cuenta la rentabilidad generada en su fondo de pensiones.

Otros beneficios para personas sin trabajo

Bolsa Nacional de Empleo (BNE)

Acceder a la Bolsa Nacional de Empleo (BNE) es posible a través de la creación de una cuenta en la página oficial a través de www.bne.cl donde puedes ingresar con tu RUT y clave BNE, además de la Clave Única.

Esta plataforma facilita a las personas encontrar ofertas de empleo, tanto públicas como privadas. Los empleadores también pueden utilizarla para publicar ofertas de trabajo y buscar postulantes cuyos currículums se ajusten a sus necesidades específicas.

Capacítate y opta por mejores empleos

Actualmente tienes la opción de certificar tus competencias laborales a través de ChileValora. Puedes encontrar alternativas de capacitación tanto en el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) como en Sercotec.

¿Te ha tocado estar cesante este año?

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