Los beneficiarios de Fonasa tienen derecho a este sistema de salud en recintos de salud que acepten el convenio. Los Bonos PAD son una de las prestaciones que más se utilizan, entre ellos se incluye el Bono PAD Parto el cual se puede utilizar desde las 37 semanas de gestación.

¿Cuál es el valor del Bono PAD Parto?

Uno de los requisitos principales para utilizar este Bono PAD es que la madre se debe inscribir a las 37 semanas de gestación para tener la prestación, además es importante considerar que el recinto de salud cuente con este convenio de Fonasa.

Con esto, la madre debe obtener desde el recinto escogido para el parto el programa de atención para que este sea valorizado y posteriormente pagado en cualquier sucursal de Fonasa. Esto debe ser entregado junto al bono de atención antes de la atención.

El valor del PAD parto que informa Fonasa es el siguiente:

Fonasa.cl

Fonasa.cl

¿Qué incluye el Bono PAD Parto?

  • La atención del parto, único, por vía vaginal (por presentación cefálica o podálica, con o sin episiotomía, con o sin sutura, con o sin fórceps, con o sin inducción, con o sin versión interna, con o sin revisión, con o sin extracción manual de placenta, con o sin monitorización)
  • El parto por cesárea con o sin salpingoligadura o salpingectomía, o cesárea con histerectomía.
  • Por lo tanto, Fonasa informa que este PAD involucra las distintas vías de resolución el parto, pudiendo corresponder a un parto vaginal, es decir que el feto es expulsado por el canal de parto natural (vagina) o bien un parto abdominal, es decir, una cesárea. Es importante destacar que en algunos casos, los partos vaginales, requieren de la utilización de instrumental médico para ayudar a la salida del feto, como fórceps.

Además incluye estos detalles que puedes revisar AQUÍ.

¿Qué no incluye el Bono PAD Parto?

  • El tratamiento de problemas médicos presentados por la madre, tales como: embolia de líquido amniótico, coagulopatías de consumo, trombofilia, en cuyo caso se deberá confeccionar el programa complementario correspondiente.
  • El tratamiento de las complicaciones del recién nacido ocasionadas por prematurez (menor de 37 semanas), malformaciones o patologías previas al nacimiento.
  • La atención médica y hospitalización en partos múltiples, por tratarse de embarazos con ponderación de alto riesgo obstétrico y peri-natal.