A finales de mayo las autoridades de Gobierno y los dirigentes de la CUT anunciaron una serie de acuerdos económicos y sociales, uno de ellos fue el alza de la Asignación Familiar, beneficio económico que se entrega a trabajadores, pensionados y beneficiarios de distintos aportes y programas sociales.
El monto de este beneficio no es fijo, y depende del ingreso que reciba cada beneficiario(a).
¿Cuáles son los nuevos montos de la Asignación Familiar? Conoce en qué fecha comienza a regir
De acuerdo a lo anunciado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia en su sitio web, la asignación familiar subirá a partir del próximo lunes 1 de julio en un 4,5%, misma alza que tendrá el Subsidio Único Familiar –ya seas beneficiario tradicional o automático-.
Ante esto, las autoridades confirmaron que a partir de esta fecha los nuevos montos de la asignación familiar serán:
- De $21.243 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $586.227.
- De $13.036 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $586.227 y no exceda de $856.247.
- De $4.119 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $856.247 y no exceda de $1.335.450.
¿Qué beneficiarios tendrán más de un pago por Asignación Familiar?
Al tratarse de un beneficio que se paga “por carga”, los beneficiarios que tendrán un pago múltiple de este beneficio son las personas que tengan 2 o más cargas o causantes inscritas.
Por ejemplo, una familia cuyo ingreso mensual no exceda los $586.227 y tenga solo una carga tendrá un pago de $21.243, en tanto una familia con los mismos ingresos mencionados, pero con dos cargas inscritas, recibirán un pago mensual de $42.486.
¿Quiénes pueden recibir la Asignación Familiar?
El sitio web ChileAtiende señala que pueden recibir este beneficio las personas que sean:
- Trabajador o trabajadora dependiente del sector público y privado.
- Trabajadora o trabajador independiente afiliado a un régimen previsional a partir del 1 de enero de 1974.
- Trabajadora o trabajador independiente que no cotiza en el sistema de AFP y tiene una o más cargas acreditadas ante el Instituto de Previsión Social (IPS).
- Persona beneficiaria del Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral.
- Pensionado o pensionada de cualquier régimen (AFP, IPS, Capredena, Dipreca, entre otros).
- Pensionado o pensionada de viudez, y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
- Persona natural con niños y/o niñas a cargo por resolución judicial.
- Trabajador o trabajadora con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesante recibe Asignación Familiar.
- Persona beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI), en cuyo caso solo se puede ser beneficiario respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan con los requisitos para ser causantes del sistema; y siempre considerando el tramo de ingresos del beneficiario, para acceder al monto de la asignación.
- También recibirán la Asignación Familiar las instituciones acreditadas por el Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.