La nueva Ley de Pensión de Alimentos, es una iniciativa del Gobierno que tiene como objetivo efectuar la persecución del patrimonio del padre o madre deudor para dar solución concreta a la vulneración de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
¿Cómo cobrar una deuda con la nueva Ley de Pensión de Alimentos?
De acuerdo a lo que dice el Gobierno en su página web, el mecanismo de cobro de la deuda de pensión de alimentos que establece la nueva ley se aplica cuando la persona alimentante adeude una mensualidad de pensión de alimentos al menos, la que debe estar fijada por un tribunal con competencia en familia.
Para iniciar el procedimiento especial establecido por la nueva ley, el o la representantes de los niños a quienes se les adeuda el pago de la pensión alimenticia debe hacer una solicitud de retención de los fondos de la persona alimentante deudora que tenga en sus cuentas bancarias u otros instrumentos financieros y/o de inversión, como el ahorro previsional voluntario (APV).
Si se desconocen las cuentas bancarias u otros instrumentos mencionados de la persona deudora de pensión alimenticia, y se declara fallida la retención, será el tribunal de familiar el encargado de investigar el patrimonio de la persona deudora mediante el cruce de información entre la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el Servicio de Impuestos Internos (SII) y otros servicios estatales pertinentes.
En caso de encontrar las cuentas bancarias, cuentas de ahorro previsional voluntario e instrumentos de inversión y/o financieros de la persona deudora de pensión de alimentos, el tribunal de familia dictará una resolución para ordenar a las instituciones correspondientes a informar sobre saldos, movimientos y toda información relevante para el pago de la deuda.
Luego el tribunal de familiar deberá dictar una resolución para ordenar el pago de la deuda liquidada con los fondos encontrados.
Pago de deuda de pensión alimenticia con fondos de AFP
En caso de no existir recursos suficientes en las cuentas bancarias, de ahorro previsional voluntario e instrumentos de inversión y/o financieros, la nueva ley de pensión de alimentos establece que se podrá pagar la deuda por pensión de alimentos con fondos de la AFP.
Los requisitos para hacer efectivo el pago de la deuda por pensión de alimentos a través de los fondos de la AFP son:
- Adeudar total o parcialmente 3 mensualidades continuas o discontinuas de pensión de alimentos
- Ausencia o insuficiencia de fondos en cuentas bancarias, cuentas de ahorro voluntario (APV) y/o instrumentos financieros o de inversión.
- Solicitar el pago con los fondos de la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatoria.