El Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos es uno de los grandes objetivos alcanzados por parte de los movimientos de apoyo a las mujeres. La implementación del Registro, que comenzará aregir el próximo 18 de noviembre, fue el tema central del encuentro entre la Ministra de la Mujer, Antonia Orellana, y la presidenta de la Asociación Chilena de Municipalidades y alcaldesa de Peñalolén, Carolina Leitao.
La alcaldesa Leitao señaló que “como municipios queremos fortalecer y trabajar una agenda de género municipal que sea relevante y que tenga impacto en nuestras comunidades, y en ese contexto, un tema muy importante es esta nueva ley, que genera un registro de personas deudores de pensión alimenticia” y que contempla una serie de medidas para incentivar el pago de las pensiones, como la posibilidad de denegar la entrega del permiso de conducir para quienes figuren en este registro”, señaló.
La ministra Orellana aportó que “quienes estén en el registro -y esa es la patita que le compete, por ejemplo, a los municipios- no van a poder renovar su licencia de conducir, pero tampoco van a poder renovar el pasaporte, se les va a retener su devolución de impuestos de la operación renta, no van a poder inscribir ventas de vehículos o bienes muebles o inmuebles si no se acredita que los recursos van para el niño o niña y otra serie de apremios”.
La secretaria de Estadoagregó que en conjunto con la ministra de Justicia, Marcela Ríos, “cuyo Registro Civil depende administrativamente el Registro Nacional de Deudores, ya enviamos un oficio a más de 600 instituciones solicitando que se enrolaran”.
Orellana también informó quedesde el gobierno “vamos a generar un calendario de capacitación para los municipios, entregando la información necesaria para lograr una correcta implementación de esta ley”.

Las medidas para asegurar el pago

Para asegurar los pagos, se pueden adoptar las siguientes medidas: Retención de la devolución de impuestos; retención de parte de los fondos de un crédito bancario que pida el deudor por 50 UF o más; si el deudor vende un vehículo o una propiedad se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados; se le puede negar la licencia de conducir y el pasaporte; retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil; inhabilidad para recibir algunos beneficios económicos o bonos del Estado; retenciones de remuneraciones para el pago de la deuda; pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del deudor despedido del trabajo; las deudas por pensión de alimentos serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución.