La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un importante beneficio que reemplaza la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) y el Aporte Previsional Solidario de Vejez (Pilar Solidario).

Sus pagos son otorgados por el Instituto de Previsión Social (IPS) y los montos dependen exclusivamente de la pensión base que reciba el beneficiario.

PGU 2024: ¿Cómo se determina el monto del beneficio mensual?

Según ChileAtiende, el monto de la PGU se determina de la siguiente manera:

  • Para personas con una pensión base menor o igual a $729.764 mensuales, el monto de la PGU será de $214.296.
  • Para personas con una pensión base entre $729.765 y $1.158.355, el monto de la PGU será variable.

Si no cuentas con una pensión en ningún régimen previsional, igual puedes recibir la PGU, siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos.

Dinero

¿Cuáles son los requisitos de la PGU?

Estos son los requisitos actuales para recibir la PGU, según el Instituto de Previsión Social:

  • Tener 64 años y 9 meses o más de edad al momento de postular. El derecho a la PGU se hará efectivo a partir del mes siguiente al que la persona beneficiaria cumpla los 65 años.
  • No pertenecer al 10% más rico de la población, lo que se acredita mediante el Puntaje de Focalización Previsional, considerando datos del Registro Social de Hogares (RSH) y la información sobre ingresos y necesidades del grupo familiar y del postulante.
  • Acreditar residencia en territorio chileno, cumpliendo simultáneamente las siguientes condiciones:
  • Un período no inferior a 20 años, continuos o discontinuos, desde que cumpliste 20 años de edad.
  • Un período no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud del beneficio.
  • Tener una pensión base menor a $1.158.355, conformada por la suma de la Pensión Autofinanciada (PAFE), calculada por la AFP, junto con las demás pensiones que recibes.
PGU

¿Puedo recibir la Pensión Universal Garantizada si estoy en Capredena o Dipreca?

No. La actual reglamentación de la PGU establece que las personas imponentes o pensionadas de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros (Dipreca) no tienen derecho a recibir la PGU, según la Ley Nº 20.255.