Durante este mes de mayo se efectuará el pago del Bono Invierno a las personas mayores de 65 años o más que cumplan con los requisitos legales para recibirlo. Es importante mencionar que este beneficio no requiere de postulación y el pago se podrá recibir junto a la pensión de cada beneficiario o beneficiaria.

¿Puedo consultar con el RUT si soy beneficiario?

De momento no existe una plataforma para conocer con tu RUT si eres beneficiario o beneficiaria del Bono Invierno, sin embargo puedes consultar si lo recibes a través de estas dos modalidades:

  1. Presencial: Puedes acudir a cualquier oficina de ChileAtiende con tu cédula de identidad y explicar el motivo de tu visita, es decir, conocer si recibes o no el Bono Invierno de acuerdo a si cumples con los requisitos.
  2. Vía telefónica: Puedes realizar tu consulta llamando al 101 de lunes a viernes, de 08:00 a 18:00 horas. Marca la opción 2 y finalmente 1, luego un funcionario de ChileAtiende tomará tu llamado y te indicará, según tu RUT, si recibes o no el beneficio.

¿Quiénes lo reciben?

Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:

  • Instituto de Previsión Social.
  • Instituto de Seguridad Laboral.
  • Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
  • Mutualidades de Empleadores.
  1. Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
  2. Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
  3. Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  4. Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.

¿Cuál es el monto?

Se contempla un pago único de $74.767 pesos que no es tributable ni imponible y, por ende, tampoco estará sujeto a descuentos.