Durante este mes de mayo se efectuará el pago del Bono Invierno a las personas mayores de 65 años o más que cumplan con los requisitos legales para recibirlo. Es importante mencionar que este beneficio no requiere de postulación y el pago se podrá recibir junto a la pensión de cada beneficiario o beneficiaria.
¿Puedo consultar con el RUT si soy beneficiario?
De momento no existe una plataforma para conocer con tu RUT si eres beneficiario o beneficiaria del Bono Invierno, sin embargo puedes consultar si lo recibes a través de estas dos modalidades:
- Presencial: Puedes acudir a cualquier oficina de ChileAtiende con tu cédula de identidad y explicar el motivo de tu visita, es decir, conocer si recibes o no el Bono Invierno de acuerdo a si cumples con los requisitos.
- Vía telefónica: Puedes realizar tu consulta llamando al 101 de lunes a viernes, de 08:00 a 18:00 horas. Marca la opción 2 y finalmente 1, luego un funcionario de ChileAtiende tomará tu llamado y te indicará, según tu RUT, si recibes o no el beneficio.
¿Quiénes lo reciben?
Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio y que sean de:
- Instituto de Previsión Social.
- Instituto de Seguridad Laboral.
- Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
- Mutualidades de Empleadores.
- Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
- Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
- Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
- Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
¿Cuál es el monto?
Se contempla un pago único de $74.767 pesos que no es tributable ni imponible y, por ende, tampoco estará sujeto a descuentos.