Ya está disponible en el sitio del Servicio de Impuestos Internos (SII), la propuesta de Declaración de Renta que se construyó a más de 3,6 millones de contribuyentes (personas y empresas), para que puedan revisarla, verificar que la información es correcta y, de ser así, aceptar y enviar el formulario a partir del sábado 1 de abril, fecha en que se inicia el periodo de Declaración de Renta 2023.

Este año, el SII espera recibir más de 4,5 millones de Declaraciones de Renta, de las cuales, 1.550.000 corresponde a empresas (34,4%). En tanto, de más 3,6 millones de propuestas de declaración que ofrecerá el organismo, 2,4 millones corresponden a personas y más de 1,2 millones, a empresas, las que contarán con una propuesta total o parcial.

Hernán Frigolett, director del SII, hizo un llamado a los contribuyentes a que se tomen el tiempo para revisar la propuesta de declaración en detalle y, “si hay alguna inconsistencia, deben comunicarse con la entidad informante, respectiva, si tienen rentas o ingresos no informados deben complementar la propuesta y si la información es correcta, solo deben aceptar y enviar la declaración”, precisó.

¿Quiénes deben hacer la Declaración de Renta 2023?

Todas las empresas deben declarar renta. En caso de las personas naturales, deben declarar los siguientes casos:

  • Tuviste un ingreso anual superior a los $9.907.434 (salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador).
  • Tuviste más de un empleador o pagador.
  • Trabajaste a honorarios y quieres optar a la cobertura total o parcial para tus cotizaciones previsionales.
  • Realizaste el segundo retiro voluntario del 10% acumulado en tu AFP, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°21.295, y tienes un ingreso tributable superior a $22.016.520 (30 UTA).
  • Solicitaste el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, ya que en esta Operación Renta se calcula y paga cuota correspondiente (30% y 10% del monto solicitado, respectivamente).

Si pre-pagaste el monto total del Préstamo Solidario que solicitaste en 2020 y/o 2021, debes realizar tu declaración de Renta si tuviste retenciones adicionales en tu sueldo o boleta de honorarios, para solicitar la devolución de excedentes.

  • Puedes declarar Renta, pese a no estar obligado si quieres acceder a algún beneficio o crédito tributario, por ejemplo, la Rebaja de Intereses por Dividendos Hipotecarios y/o el Crédito por Gastos en Educación.