Una de las medidas que tomó el Gobierno durante la época más crítica de la pandemia de Covid-19 fue la flexibilización de requisitos para acceder al Seguro de Cesantía, con la ley transitoria que flexibiliza el seguro y permite a los usuarios a acceder a los fondos de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

¿Cuáles son los requisitos y cómo puedo cobrar el Seguro de Cesantía?

Para acceder al beneficio de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) debe estar cesante y haber terminado su última relación laboral por cualquiera de las causales contempladas en el Código del Trabajo.

- Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas.

- Contrato indefinido: al menos 12 cotizaciones mensuales.

- Contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio determinado: al menos 6 cotizaciones mensuales.

- Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del Seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Las cotizaciones pueden ser continuas o discontinuas y de uno o más empleadores.

Para acceder al beneficio desde el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) debe estar cesante y cumplir con alguna de las causales de despido contempladas en el Código del Trabajo.

- Contar con al menos 12 cotizaciones pagadas.

- Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes anterior al término de la relación laboral.

- Las cotizaciones deben haberse acreditado dentro de los 24 meses anteriores al mes de término de la relación y las 3 últimas cotizaciones deben ser continuas y del mismo empleador.

- Registrar un saldo insuficiente en su Cuenta Individual de Cesantía.

- Inscribirse en la Bolsa Nacional de Empleo.

¿Qué documentos debo presentar?

Si necesitas retirar tu Seguro de Censantía debes presentar:

- Cédula de identidad vigente (solo para trámite presencial).Como medida transitoria, se extiende la fecha de vencimiento de las cédulas de identidad que expiraron el 2020 o que vencerán el 2021, hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive.

Si eres trabajador(a) extranjero(a), tenga presente:

La vigencia de la cédula de identidad se extendió para personas que se encuentren en trámite de una solicitud de cambio o prórroga de residencia, o en proceso de obtención de su permanencia definitiva. Las cédulas que hayan expirado o expiren entre los años 2019 y 2021, tendrán vigencia hasta el 28 de febrero de 2022.

Para comprobar la vigencia de la cédula de identidad para extranjeros, al momento de realizar el trámite del Seguro de Cesantía, usted deberá contar con los comprobantes de la solicitud de cambio o prórroga de visación que se encuentran en trámite, emitidos por una Gobernación Provincial o el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

- En caso de no contar con cédula de identidad, puede presentar pasaporte y Número Identificatorio para Cotización (NIC).

- Finiquito firmado o ratificado u otro documento que acredite su cesantía.

- El finiquito puede ser firmado por el(la) trabajador(a) ante el(la) presidente(a) del sindicato, el(la) delegado(la) del personal o sindical respectivo, debiendo consignar su nombre, firma, cargo o puede ser ratificado ante un ministro de fe (notario público, Inspección del Trabajo, oficial del Registro Civil o el secretario municipal correspondiente, incluyendo la nota “firmó y ratificó ante mí”.). 

En caso de realizar el trámite en la Sucursal virtual de AFC, debe contar con este documento digitalizado.