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Servel | ¿Cuándo se sabe si soy vocal de mesa para el Plebiscito y qué pasa si no puedo presentarme?

Conoce aquí desde cuándo podrás saber si eres vocal de mesa y qué pasa si no te presentas durante el Plebiscito de Salida.

¿Cuándo se sabe si soy vocal de mesa para el Plebiscito y qué pasa si no puedo presentarme?
© Agencia Uno¿Cuándo se sabe si soy vocal de mesa para el Plebiscito y qué pasa si no puedo presentarme?

El próximo 4 de septiembre se realizará el Plebiscito de Salida, una instancia democrática y decisiva que definirá el futuro de la propuesta de la Nueva Constitución.

La jornada electoral es de carácter obligatorio para todos los ciudadanos chilenos mayores de 18 años habilitados para sufragar, quiénes no asistan a votar arriesgan multas desde media UTM hasta 3 UTM ($176.316).

A continuación te compartimos cuándo el Servel publicará la nómina de los vocales de mesa, cuáles son las excusas si no puedes presentarte y cuáles son las multas si no te presentas como vocal.

¿Cuándo se sabrá si soy vocal de mesa para el Plebiscito y qué pasa si no puedo presentarme?

Desde el 13 de agosto se podrá saber quiénes deben ser vocales de mesa para el Plebiscito de Salida el próximo 4 de septiembre. Si te corresponde ser vocal de mesa y estos son los motivos que por ley te permite excusarse: 

  • Tener 60 o más años de edad. 
  • Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM). 
  • Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación. 
  • Madre o padre de hijos menores de dos años. 
  • Como vocal estes comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador. 
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva. 
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700. 
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico. 
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

¿Cuál es la multa por no presentarse como vocal de mesa para el Plebiscito?

Las personas que sin haberse excusado por algún motivo legal no concurran a desempeñar su función de vocal de mesa incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 U.T.M:$105.000 a $ 422.000 aproximadamente.

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