El Bono Dueña de Casa (Bono Protección), es un beneficio no postulable del Ministerio de Desarrollo Social y Familia que busca ayudar económicamente a las familias y personas más vulnerables en Chile.

¿Cuándo se paga el Bono Dueña de Casa?

El Bono Dueña de Casa no cuenta con una fecha exacta de pago ya que es individual y depende de cuándo fue ingresada la persona al programa Chile Seguridades y Oportunidades y las primeras sesiones de acompañamiento psicosocial (APS).

Para consultar, puedes llamar al 800 104 777.

Cabe destacar que el beneficio se paga durante 24 meses seguidos, mientras la persona se encuentre en proceso de acompañamiento por parte de los programas del Subsistema Seguridades y Oportunidades.

¿Cuál es el monto del bono?

El monto del Bono Dueña de Casa varía depende del tiempo de entrega:

  • Primeros 6 meses: el bono es de $19.582.
  • Desde el mes 7 al mes 12: se reciben $14.903.
  • Desde el mes 13 al mes 18: el bono es de $10.246.
  • Desde el mes 19 al 24: el monto es de $15.597 (valor corresponde a monto Subsidio Único Familiar).

En cuanto a la forma de pago, el beneficio se deposita en la Cuenta Rut del beneficiario. 

En caso de no tener la tarjeta, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia solicita la apertura de dicha cuenta al Banco Estado, sin trámite ni costos para la persona usuaria.

También existe la opción de cobrar el pago de forma presencial en la Caja de Compensación Los Héroes y en sucursales de Banco Estado correspondiente al domicilio del usuario, donde la persona debe ir con su cédula de identidad.

¿Cuáles son los requisitos del bono?

Existe solo un requisito para recibir el Bono Dueña de Casa, el cual es haber aceptado la invitación a participar de uno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos) a través de la firma de la Carta de Compromiso y del Plan de Intervención.

El bono se cobra de acuerdo a las siguientes prioridades:

  • Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  • Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  • Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  • Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
  • Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.