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Caso Byron Castillo

Lo dictó el TAS: Ecuador deberá pagarle al abogado Eduardo Carlezzo por el caso Byron Castillo

Además de la resta de tres puntos de cara a las próximas Eliminatorias a la Copa del Mundo, Ecuador deberá correr con los gastos que realizaron las federaciones de Chile y Perú en la demanda por el caso Byron Castillo.

Publicado por

Por javiera garcía l.

Ecuador deberá pagarle al abogado Carlezzo
Ecuador deberá pagarle al abogado Carlezzo

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) dio su veredicto por el caso Byron Castillo y determinó que sí se presentó un documento con informaciónfalsa por el seleccionado ecuatoriano, aunquedecidió no aplicarle castigo para la actual Copa del Mundo.

Se estableció que Ecuador no perdió su clasificación a Qatar 2022, pero sí será sancionada para el próximo proceso mundialista: para el inicio de las Eliminatorias para la Copa del Mundo 2026, la Tri comenzará con un descuento de tres puntos.

Pero el castigo no quedó ahí. El fallo al que pudo acceder RedGol establece quela Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) deberá hacerse cargo de los gastos que conllevaron todos los trámites del caso, por lo que deberá pagar 10.000 francos suizos (más de nueve millones de pesos chilenos) a Chile y Perú.

Así, será el ente rector del fútbol ecuatoriano el que deberá correr con los gastos que implicó la investigación del abogado Eduardo Carlezzo, quien fue el representante de la Federación Chile de Fútbol en el caso que comenzó con una demanda antela FIFA, su Comisión de Apelación y últimamente al TAS.

Byron Castillo vs Chile

El TAS emitió su veredicto por el caso Byron Castillo | Guille Salazar/RedGol

El fallo del TAS por el caso Byron Castillo

“La Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) es responsable por el uso de un documento con información falsa, en incumplimiento del Artículo 21 del Código Disciplinario de la FIFA, y en consecuencia es sancionado en virtud del Artículo 6”, lee el fallo.

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“A la FEF se le impone la deducción de tres puntos en la próxima edición de las Eliminatorias para la Copa del Mundo”, sigue. “La FEF debe pagar una multa a la FIFA por la cifra de100.000 francos suizosdentro de 30 días después del recibo de esta decisión arbitral”, continúa.

“Los costos de este arbitraje, a ser determinados y servidos a las partes por el CAS Court Office, deberán ser asumidos por la FEF.A la FEF se le ordena pagar 10,000 CHF a la Federación de Fútbol de Perúy la Federación de Fútbol de Chilepor los respectivos gastos en conexión a los procedimientosde esta decisión”, cierra.

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