En la primera temporada de Gran Hermano, Cony Capelli contó la historia de su experiencia con el aborto. La gran ganadora contó que abortó en casa porque tenía una relación tóxica.

Esta situación fue transmitida un día domingo entre las 15:00 y 16:00 horas, horario que es considerado de protección a los menores.

Yo estuve embarazada, pero aborté. Aborté a los tres meses porque tenía una relación muy tóxica, y yo no quería que él fuera el padre de mi hijo“, mencionó en el programa Capelli.

La historia fue bastante trascendental para el programa y abrió un momento de conversación sobre esta temática en redes sociales. Eso sí, debido a esta situación, Chilevisión se enfrentó a diversas denuncias en el CNTV.

¿De cuánto es la multa que tiene que pagar CHV?

Tras la emisión de las declaraciones de Capelli en julio del 2023. Es que en marzo de este año el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) resolvió sancionar a Chilevisión con una millonaria multa.

Tras la sanción de parte del CNTV es que Chilevisión decidió acudir al Consejo de Televisión para apelar, presentando un recurso ante la Corte de Apelaciones para así revertir la sanción y también la multa.

Ahora, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó que el canal deberá pagar una multa de 200 UTM, 13.180.200 millones de pesos actualmente, por emitir este capítulo.

La resolución, que fue publicada por el Poder Judicial, detalla que “Cabe precisar que el reproche efectuado por el CNTV, consiste en haber transmitido, en horario de protección a niños, niñas y adolescentes, un programa que se expone respecto de la práctica de un aborto, de forma banal“.

Lo reprochable, no es que se haya tocado el tema de la interrupción del embarazo en un horario de protección, sino que aquello se haya realizado sin los resguardos debidos, toda vez que en tal horario, la temática debió ser abordada desde una perspectiva educativa, que refleje, además, las distintas posturas respecto del tema, lo que, por supuesto, debe ser adaptado al público que eventualmente puede tener acceso al contenido, esto es, niños, niñas y adolescentes”, agregó la Corte.