El próximo 1 de agosto entrará en vigencia la Ley Karin, la cual sanciona el acoso laboral. Por ello, La Contraloría General de la República emitió un instructivo con modificaciones de esta Ley N°21.643.

Esta medida lleva ese nombre en homenaje a Karin Salgado, una técnica en enfermería que se quitó la vida en 2019 tras sufrir acoso laboral, por lo que impulsó la creación de dicha ley en su nombre.

Respecto a las modificaciones notificadas, ponen énfasis en la prevención, violencia, investigación, y la sanción de acoso laboral y sexual.

¿Qué no se puede hacer con esta nueva Ley Karin?

Estas son algunas de las medias informadas por la Contraloría General de la República sobre la Ley Karin, que regirán desde el 1 de agosto:

  • Fin al anonimato en denuncias
    • Las denuncias ya no podrán ser anónimas. Se permite ir directamente a Contraloría en casos de que las personas denunciadas sean altos directivos o cuando haya razones para no hacer la denuncia interna.
    • Por ello, las denuncias deben indentificar al denunciante y denunciado, “siendo improcedente efectuar denuncias anónimas sobre esas materias”.
  • Cambios en los Estatutos Administrativos
    • Prohibición general para los servidores públicos de realizar cualquier acto que atente contra la dignidad de otros funcionarios, como el acoso sexual y laboral.
  • Prevención
    • Debe haber un protocolo de prevención de violencia en el trabajo, acoso laboral y sexual.
  • Definiciones de acoso y violencia en el trabajo
    • Se elimina la definición de acoso laboral que indicaba que esta conducta debía ser repetida para sancionarse.
    • Se suma la definición de “violencia laboral por terceros ajenos a la relación laboral”. Esto, apunta a conductas de clientes hacia los trabajadores.
Ley Karin. Foto: Contraloría.

Claudio Reyes, subsecretario de Previsión Social señaló que “hay que advertir que quien quiera hacer un uso malintencionado de la ley, también será sancionado porque eso es lo que se llama una denuncia inconsistente. Si alguien quiere hacer una denuncia simplemente por hacer daño, también es un hecho que se sanciona”.

Puedes revisar el total del dictamen en este enlace de Contraloría sobre la Ley Karin.