El Autopréstamo de AFP sigue en la mira para el retorno de su discusión en el marco de la Reforma de Pensiones. Recordemos que el Congreso se encuentra en un receso legislativo que finalizará a fines de este mes de febrero por vacaciones.
¿Por qué aún no se puede pedir el Autopréstamo de AFP? Qué le falta al proyecto de ley
Tal como señalamos anteriormente, este autopréstamo forma parte de la gran Reforma Previsional del Gobierno. Por lo tanto, resta esperar a que dicha reforma sea aprobada y posteriormente la población chilena podrá solicitar este préstamo.
Recordemos que el pasado 24 de enero, la Sala de la Cámara aprobó y despachó el proyecto. En dicha votación se aprobó el Autopréstamo de AFP y la creación del Seguro Social Previsional con 84 votos a favor, 64 en contra y 3 abstenciones.
A partir de marzo se volverá a discutir la reforma en las comisiones de Trabajo y Hacienda del Senado bajo su segundo trámite legislativo y así avanzar en todo el proceso correspondiente.
¿Qué es el Autopréstamo de AFP?
El Autopréstamo es un beneficio que permite a los afiliados y afiliadas de las AFP a realizar un “préstamo” de su saldo acumulado bajo un máximo del 5%. La mala noticia es que no es para todos.
La normativa aprobada indica que podrán solicitarlo las personas que estén a más de cinco de cumplir la edad legal para pensionarse. Por lo tanto, los requisitos quedan de tal manera:
- No estar pensionado.
- Estar a cinco años o más del cumplimiento de la edad legal de pensión, es decir:
- Hombres menores de 60 años.
- Mujeres menores de 55 años.
- Tener dinero en la AFP.
Conoce el monto a retirar y cómo se devuelve el Autopréstamo
Las y los afiliados pueden retirar hasta el 5% de sus ahorros, con un tope de 30 UF, un monto cercano a los $1.1 millones de pesos. Revisa estos ejemplos:
- Si tienes $25.000.000, podrás pedir hasta $1.105.381.
- Si tienes $20.000.000, podrás pedir hasta $1.000.000.
- Si tienes $10.000.000, podrás pedir hasta $500.000.
- Si tienes $5.000.000, podrás pedir hasta $250.000
- Si tienes $2.000.000, podrás pedir hasta $100.000.
- Si tienes $1.000.000, podrás pedir hasta $50.000
- Si tienes $500.000, podrás pedir hasta $25.000.
- Si tienes $250.000, podrás pedir hasta $12.500.
En cuanto a su devolución, la normativa explica que la devolución de este préstamo se efectuará a través del pago de cuotas calculadas como el 2% de las remuneraciones y rentas imponibles de cada afiliado y se deberá pagar en el mes subsiguiente en las cotizaciones.