Estamos a pocos días de que comience la Operación Renta 2024, proceso donde los contribuyentes, empresas y personas que trabajen en Chile deberán declarar sus ingresos anuales, para así cumplir con sus obligaciones tributarias.
Es en ese contexto que te invitamos a seguir leyendo RedNews para conocer importantes datos con respecto a la devolución de impuesto 2024.
¿Cuándo puedo consultar la fecha, forma y montos de la devolución de impuestos?
Si bien el Servicio de Impuestos Internos (SII) aún no ha oficializado la fecha de la Operación Renta 2024, se espera que este proceso inicie al igual que el año pasado el 1 de abril y se extienda hasta el 10 de mayo, por ello, desde el mismo 1 de abril los contribuyentes podrán iniciar sesión con su cuenta tributaria o con Clave Única y conocer todos los detalles de este proceso, incluido elegir la forma de pago de la devolución y el monto que recibirán.
Además, se espera que la fecha de pago de la “devolución de impuestos” sea en la misma fecha que el 2023, de acuerdo al siguiente calendario:
Fecha de declaración | Fecha de devolución de impuestos |
1 – 8 de abril | Depósito 20 de abril y cheque 30 de mayo. |
9 – 27 de abril | Depósito 15 de mayo y cheque 30 de mayo. |
28 de abril – 10 de mayo | Depósito 29 de mayo y cheque 30 de mayo. |
Es importante señalar que no todos los contribuyentes recibirán dinero devuelta, ya que según señala el sitio web de ChileAtiende, podrán recibir dinero de vuelta solamente quienes, al pago de la declaración de impuestos a la renta, hayan quedado con una cantidad a favor.
¿Quiénes deben declarar renta este 2024?
De acuerdo a la información que entrega el Servicio de Impuestos Internos en su sitio web, deben declarar renta las personas que cumplan algunos de estos requisitos:
- Tuviste un ingreso anual superior a los $10.402.992, salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador.
- Tuviste más de un empleador o pagador.
- Trabajaste a honorarios y quieres optar a la cobertura total o parcial para tus cotizaciones previsionales.
- Solicitaste el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, ya que en esta Operación Renta se calcula y paga cuota(s) correspondiente(s) (30% del monto solicitado, respectivamente).
- Si prepagaste el monto total del Préstamo Solidario que solicitaste en 2020 y/o 2021, debes realizar tu declaración de Renta si tuviste retenciones adicionales en tu sueldo o boleta de honorarios, para solicitar la devolución de excedentes.
- Además, puedes declarar renta sin estar obligado si:
- Quieres acceder a algún beneficio o crédito tributario, por ejemplo, la Rebaja de Intereses por Dividendos Hipotecarios y/o el Crédito por Gastos en Educación.