El Aguinaldo de Fiestas Patrias es un beneficio que se paga todos los años en septiembre a trabajadores del sector público y pensionados, con el objetivo de ayudarlos económicamente durante las celebraciones.
¿Cuándo pagan el Aguinaldo de Fiestas Patrias?
No hay una fecha exacta para el pago del Aguinaldo de Fiestas Patrias, ya que el dinero se entrega junto con la pensión de septiembre, por lo que el día varía por cada beneficiario.
¿Cuál es el monto del Aguinaldo?
El monto del Aguinaldo de Fiestas Patrias 2023 es de $23.261. A eso se le suman $11.933 por cada carga familiar que esté acreditada al 31 de agosto de 2023.
Cabe aclarar que el dinero del beneficio no tiene descuentos. Además, no se considera para el pago de impuestos ni de cotizaciones previsionales y/o de salud.
¿Quiénes pueden recibirlo?
Pueden recibir el Aguinaldo de Fiestas Patrias las personas que al 31 de agosto de 2023 cumplan los siguientes requisitos:
- Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
- Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
- Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
- Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
- Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
- Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.
¿Los trabajadores del sector privado pueden recibir el aguinaldo?
Para los empleadores, no es una obligación de fuente legal entregar aguinaldo a los trabajadores del sector privado.
No obstante, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir Aguinaldo de Fiestas Patrias en caso de que:
- Esté contemplado en su contrato de trabajo.
- Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador como un derecho de los trabajadores.