El Bono Post Laboral es un beneficio mensual que tiene como objetivo mejorar las condiciones de retiro de los trabajadores del sector público que tienen bajas tasas de reemplazo en sus pensiones.
¿Cuál es el monto del beneficio?
El Bono Post Laboral entrega un monto mensual de $90.877, este valor tiene la característica de no ser imponible, no constituye indemnización, renta ni ingreso, para ningún efecto legal y el derecho a percibirlo se extingue con la muerte del beneficiario.
¿Cuáles son los requisitos del Bono Post Laboral?
Para acceder al Bono Post Laboral es necesario haber trabajado en las siguientes entidades:
- Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades.
- Corporaciones de Asistencia Judicial
- Universidades estatales.
- Contraloría General de la República.
- Consejo Nacional de Televisión.
- Consejo Superior de Educación.
- Dirección General de Aeronáutica Civil.
- FONADIS.
- SERCOTEC.
- CONAF.
Además, los requisitos que deben cumplir los beneficiarios son:
- Estar afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP).
- Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65, en el de los hombres.
- Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
- Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
- Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
- Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.
¿Cómo se entrega?
El monto del Bono Post Laboral se entrega mensualmente junto a la pensión de vejez que recibe el beneficiario a través de la Administradora de Fondo de Pensiones AFP o Compañías de Seguros, en la cual se encuentra afiliado.
¿Cómo postular al Bono Post Laboral?
Las personas que deseen postular al Bono Post Laboral deben hacerlo dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de 60 años de edad si es mujer, o 65 años de edad si es hombre.
Para hacer el trámite, el funcionario debe llenar una Solicitud Bono Post Laboral ante la jefatura superior del servicio u organismo en que se encuentre desempeñando sus funciones.
¿Conocías el Bono Post Laboral?
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