Agosto es un mes clave para las beneficiarias del Bono al Trabajado de la Mujer, porque se otorga el pago anual del beneficio económico que entrega el Sence.
Pero hay quienes no lo reciben y la razón puede ser por varios motivos, uno de ellos es porque hay otros aportes que no son compatibles con el Bono Mujer Trabajadora, como es el caso del Subsidio al Empleo Joven.
¿Cómo renunciar al Subsidio Empleo Joven y postular al Bono Mujer Trabajadora?
Pese a que ambos bonos son parte del Sence, no es posible recibir ambos pagos, ya que son incompatibles.
Esto quiere decir que si una beneficiara recibe uno de ellos, no puede optar al pago del otro aporte, por lo tanto, se debe renunciar a alguno de los dos.
Para renunciar al Subsidio Empleo Joven, el Sence explica que se deben seguir los siguientes pasos:
- Lo primero que debes hacer es ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano, en donde debes indicar que quieres renunciar al programa.
- En la solicitud, es importante que adjuntes la carta de renuncia con el formato establecido.
- Adjunta también una fotocopia de tu carnet de identidad, por ambos lados del documento.
- Cuando se haga efectiva la renuncia, dejarás de ser beneficiario del subsidio
¡Pero ojo! Porque a raíz del proceso de liquidación y reliquidación del pago anual, quedará pendiente el último pago que podrías recibir si es que continúas cumpliendo los requisitos.
¿Cuándo se entrega el pago anual del Bono Mujer Trabajadora?
El Sence no ha informado de una fecha específica en que se entregará el pago anual, pero sí señala que se realizará en el mes de agosto, por lo que se espera que dentro de las próximas semanas, desde el organismo, confirmen la fecha concreta.
Los requisitos para optar a este bono son los siguientes:
Para postular:
- La edad solicitada es entre 25 y 59 años con 11 meses.
- Tienes que ser trabajadora, ya sea de manera dependiente o independiente.
- Pertenecer al 40% del Registro Social de Hogares.
Para ser beneficiaria:
- La trabajadora debe mantener tus cotizaciones al día.
La postulante no debe trabajar en una Institución del Estado (esto incluye a los municipios) o en una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%. - No recibir el Ingreso Mínimo Garantizado en el período de renta procesado.
Si eres trabajadora independiente, debes emitir boletas de honorarios y realizar el respectivo proceso de Declaración de Renta en el Servicio de Impuestos Internos (SII).- El pago anual se solicita recibir una renta bruta anual inferior a $7.278.446.
- El pago mensual se pide recibir una renta bruta mensual inferior a $606.537.