ElSubsidio Protege es un aporte monetario que entrega el Estado a lospadres o madresque tengan a sucuidadoniñosde los 2hasta los 5 años,yque no cuenten con el acceso a unasala cunade parte de su empleador.

El monto del bonoes de $200 milpor beneficiario, pero como son 3 meses de pago, en total se reciben$600 mil.

ElSubsidio Protegese puede solicitarhastadiciembrede este año y quienes losoliciten elúltimo mes,recibirán el bonohasta marzo de 2023.

Con la extensión del beneficio,las beneficiarias que ya han recibido 3 o más meses de pago del Subsidio Protege no pueden accedera nuevos pagos.

Cabe destacar que no pueden acceder al bonoquienes se encuentren con licencias prenatal, postnatal y postnatal parental, y quienes haganuso del permiso y licencia médica por enfermedad grave del niño menor de un año.

También quienes se encuentren haciendo uso del permiso y licencia médica por Ley SANNA. En el caso de niños menores de 2 años, quienes esténcontratadas por una empresa que esté obligada a entregar beneficio de sala cuna, por tener contratadas a 20 o más mujeres.

¿Quiénes pueden acceder al Subsidio Protege en septiembre?

Pueden acceder por primera vezen septiembre las personas que hayan postulado entre el 1 y 20 de agostoy que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Ser madre trabajadora, dependiente o independiente, que tengaa su cargo el cuidado de un niño o niña de los 2hasta los 5 años. Alternativamente, el padre trabajador, dependiente o independiente, que tenga el cuidado personal de manera exclusiva, o aquél que se le haya otorgado el cuidado personal delniño.
  • Que la madre trabajadora, dependiente o independiente, esté trabajando ya sea de forma presencial o en modalidad de teletrabajo, a distancia o mixta.
  • Cumplir con el siguiente mínimo de cotizaciones:

-Trabajadoras dependientes:tener 4 cotizaciones de seguridad social registradas en los últimos 12 meses previos a la postulación, siendo una de estas 4 cotizaciones del mes previo a la postulación. Ejemplo: Si usted postula en diciembre 2021, debe tener registrada la cotización de la remuneración de noviembre 2021 y al menos otras 3 cotizaciones entre diciembre 2020 y octubre 2021.

Se entenderá como cotización registrada, el cumplimiento de una de las siguientes condiciones: (1) que se encuentren declaradas y pagadas las cotizaciones de AFP o salud; o (2) que las cotizaciones de AFP y Salud del trabajador postulante se encuentran declaradas y no pagadas en las respectivas instituciones previsionales.

-Trabajadoras independientes:haber cotizado como independiente en la última operación renta (2021) con aporte de cotizaciones total o parcial, o bien, cumplir con cuatro cotizaciones (salud y AFP) en los últimos 12 meses, con el último mes cotizado previo a la postulación. En este último caso, las cotizaciones (de independientes) deben ser auto cotizadas, es decir, que el RUTdel pagador sea el del postulante.