El Subsidio alEmpleo Jovenes un bonoque administra elServicio Nacional de Capacitación y Empleo(Sence) y que tiene como objetivopremiar y apoyar económicamente a jóvenes trabajadores chilenosque sean parte de la población más vulnerable del país.

Conoce aquí cuándo se deposita el pago de octubre de este beneficio.

¿Cuándo pagan el Subsidio al Empleo Joven?

El Subsidio al Empleo Joven tiene dos tipos de pagos, si se esun trabajador o trabajadora independiente, se recibirá el pago de forma anual. Este pago ya se entregó a sus beneficiarios el pasado 9 de septiembre.

Por otro lado, quienes sean empleados dependientes,pueden elegir entre el pago mensual o anual.

El pago mensual de octubre se entregará el viernes 28 de octubre. Para saber si eres beneficiario ingresaAQUÍcon tu Clave Única.

¿Cuál es el monto del beneficio?

El pago mensual del Subsidio Empleo Joven se paga según tres tramos:

  • Tramo A:Si la renta mensual es hasta$237.844se recibiránhasta $35.677, donde a mayor renta, el monto aumenta.
  • Tramo B:Si la renta mensual vaentre $237.844 y $297.305se recibirá $35.677de manera constante.
  • Tramo C:Si la renta mensual va desde$297.305 hasta $535.148se recibirándesde$35.677a $1, donde a mayor renta,el monto disminuye.

¿Cuáles son los requisitos para ser beneficiario?

Los requisitos que se deben cumplir para recibir el Subsidio Empleo Joven son:

  • Tener entre 18 a 24 años y 11 meses de edad.
  • Haber obtenido lalicencia de enseñanza mediahasta los 21 años.
  • Integrar un grupo familiar perteneciente al 40% de menores ingresos o mayor vulnerabilidad socioeconómica, según elRegistro Social de Hogares.
  • Acreditar unarentabruta inferior a $535.148(pagos provisionales mensuales año 2022).
  • Acreditar una rentabruta anual inferior a$6.421.781en el año calendario en que soliciten el beneficio (pago anual 2022).
  • Tener al día el pago de las cotizaciones previsionales y de salud.

Además, los trabajadores y trabajadoras dependientes tienen que:

  • Regirse por el Código del Trabajo.

Lostrabajadores independientes deben:

  • Acreditar rentas, según lo indica el Nº 2 del artículo 42 de la ley sobre impuesto a la renta.
  • Estar al día en el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud.