El Bono Recuperación es una ayuda de carácter económico y dirigido a las jefas y jefes de un hogar que haya sido catastrado mediante la Ficha Básica de Emergencia (FIBE), luego de haber sido afectado por algún incendio forestal.

¿Cuál es el monto del Bono Recuperación?

El beneficio entrega unmonto máximo de $1.500.000para las familias de aquellas viviendas destruidas o con daño mayor, según FIBE.

En cuanto a daños menores, se entregará un aporte proporcional al nivel de daño que fluctuará entre los$1.125.000, $750.000 y $375.000 pesos.

En relación a lo anterior, el aporte se entregará a través de un pago por ventanilla o por depósito en laCuenta RUTdel jefe o jefa de hogar.

¿Cuándo se paga?

El presidente Gabriel Boric anunció que a partir del próximo lunes 13 de febrero se comenzará a pagar el Bono Recuperación para aquellas personas afectadas y ubicadas en la zona centro sur del país.

¿Qué requisitos necesito cumplir?

Para recibir el beneficio es importante que te encuentres dentro de los siguientes grupos que se mencionarán a continuación:

  • Familias damnificadas por el incendioque fueron catastrales a través de la Ficha Básica de Emergencia (FIBE).
  • El monto dependerá del nivel del dañode las viviendas y las características del hogar.
  • No se medirá la calificación socioeconómicaentregada por el Registro Social de Hogares.
  • La familia deberá encontrarse en unasentamiento regular o reconocidopor el Minvu.

¿Debo postular?

No,no es necesariopostularpara recibir el aporte económico, no obstante se entregará de acuerdo a los datos recopilados a través de laFicha Básica de Emergencia.

¿Qué es la ficha FIBE?

LaFicha Básica de Emergencia (FIBE)fue iniciada por el ministerio de Desarrollo Social con el objetivo de recopilar la mayor información posible de laspersonas y familias que se han visto afectadas por los incendios forestales, con el fin de coordinar beneficios y ayudas a estas personas.

¿Qué información recopila la ficha?

Laficha FIBErecopila información sobre la ubicación del hogar, composición del grupo familiar y sus características, identificación de necesidades especiales, existencia de redes y participación, información y apreciación del daño de la vivienda, la cual deberá ser declara por alguna persona del grupo familiar afectadomayor a 18 años.