La Ley Karin ya es una realidad en Chile. Esta llamada ley N°21.643 cambia el Código del Trabajo y pone énfasis en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral y sexual, así como la violencia en el trabajo.
Estas medidas y que ahora rigen como ley llevan ese nombre en homenaje a Karin Salgado, una TENS que sufrió acoso laboral en el Hospital Herminda Martín de Chillán y falleció en 2019 producto de eso.
Por ello, es importante contar con un ambiente seguro en los trabajos y denunciar cualquier conducta abusiva o violenta, las que serán castigadas bajo la ley desde el 1 de agosto de 2024.
¿Cuáles son las conductas prohibidas y que sanciona la Ley Karin?
Este es el listado de 18 conductas que sanciona la Ley Karin en el ambiente laboral:
- Asignar tareas degradantes a una trabajadora o trabajador.
- Juzgar de manera ofensiva el desempeño de un trabajador.
- Cuestionar injustificadamente las decisiones que tome un empleado.
- No asignar tareas a un empleado o delegarle algunas por debajo de sus capacidades.
- Asignar tareas a un trabajador con datos erróneos.
- Dejar en ridículo a un trabajador.
- Insinuar que un empleado o trabajador tiene problemas psicológicos.
- Burlarse de las discapacidades de un trabajador.
- Imitar de forma burlesca los gestos y voces de un compañero de trabajo.
- Tratar a un trabajador como si no existiera.
- Criticar reiteradamente la vida privada de un empleado.
- Prohibir a los compañeros que hablen o se relacionen con una determinada persona.
- Restringir a un subordinado las posibilidades de hablar.
- Terror telefónico realizado por un acosador.
- Cambiar de lugar y separar a un trabajador de sus compañeros.
- Burlarse de la vida privada de un trabajador.
- No establecer comunicación directamente con un trabajador.
- Obligar a alguien a realizar labores en contra de su conciencia.
¿Cómo hacer una denuncia?
Si sufres alguna de las conductas anteriores en tu ambiente laboral o quieres denunciar acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo, debes hacerlo ante la Inspección del Trabajo o en los tribunales laborales.
En empresas privadas, se establece un plazo de 30 días para realizar la investigación, la que deberá constar en un informe escrito de esta a remitirse a la Inspección correspondiente, en los casos que la indagación sea realizada internamente en la empresa.
En el sector público, el procedimiento de investigación puede iniciar por sumario, el cual contempla un plazo de 5 días hábiles para investigar.
Para más información y consultas, ingresa en la sección “Preguntas Frecuentes” del Gobierno, al final de la página sobre la Ley Karin.