Durante Fiestas Patrias millones de chilenos y chilenas colocan la bandera para representar la celebración e historia de todo lo que conlleva estas fiestas de mediados de septiembre.
¿Eso obligatorio? Así debes poner la bandera chilena para fiestas patrias
El Artículo 3° del Decreto Supremo 1534 establece que “la bandera deberá enarbolarse en una asta de color blanco, cuya longitud no será inferior a cuatro tercios de su vuelo izada al tope”.
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“Si no se cuenta con un mástil, se podrá colocar extendida (horizontal o vertical). Sin embargo, el cuadro azul deberá quedar en la esquina superior y a la izquierda del espectador”.
En ese contexto, la norma detalla que “Con excepción de los días 21 de mayo y 18 y 19 de septiembre de cada año, en que deberá izarse obligatoriamente y al tope, la Bandera Nacional podrá usarse o izarse sin autorización previa, cuidando siempre de resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones de este reglamento”.
Entre algunas de las normativas para el uso de la bandera están:
- Su uso es obligatorio durante toda la jornada del 18 y 19 de septiembre, en todos los edificios públicos y privados.
- Junto a pabellones extranjeros, el nacional no debe ser de tamaño inferior a los demás ni quedar situado a menor altura que éstos.
- En los departamentos no es obligatorio su uso si el edificio cuenta con bandera.
- El no cumplimiento de estas disposiciones, instalarla al revés, el no izarla o no exhibirla son algunas de las causales de multas. Estas van desde las 1 a 5 UTM.
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Cuidado con las multas
Quiénes se encargan de fiscalizar el cumplimiento de lo anterior como el reglamento del uso o izamiento de la bandera, es Carabineros de Chile, quienes están autorizados de cursar multas y notificarlas ante los Juzgados de Policía Local.
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