ElSubsidio DS52, también conocido como Subsidio de Arriendo,es una ayuda delMinisterio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), que consta deunaporte económicotemporala las familiasque pueden realizarun pago mensual por el arriendo de una vivienda.
Este beneficioentrega un pagototal de170 UF($5,6 millones) y dicho monto se entrega de manera mensual con untope de4,2 UFy puedeser utilizado de manera consecutiva o fragmentada en unplazo máximo de 8años.
De esta forma, las familias deberán pagar solamente una parte del valor de su arriendo cada mes, porque la otra es cancelada con el subsidio.
El Subsidio de Arriendopermite el cambio de vivienda a cualquier región del país, así como postular en un futuro a un programa para comprar una vivienda
Uno de los principales requisitos del beneficio,esarrendar una viviendaque no supere las 11 UF.Sin embargo, el monto máximo del subsidio y del arriendopueden variar según la localización geográficaen laque se encuentra la vivienda.
Solo en las regiones deArica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Metropolitana, Aysén y Magallanes, el monto máximo de arriendo será de 13 UF ($430.814) y el aporte mensual será de 4,9 UF ($162.384).
Recordemos que el plazo para postular al subsidio termina el día de hoy, 25 de julio.
¿Cuáles son los requisitos para postular?
- Ser mayor de 18 de edad durante el año del llamado.
- Contar con Cédula Nacional de Identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para extranjeros.
- Postular al menos con su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. Las personas que tengan más de 60 años al momento de postular, no necesitan contar con núcleo familiar.
- Pertenecer al 70% más vulnerable de la población, de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente establecida en el Registro Social de Hogares (RSH). Se permitirá máximo una postulación por Registro Social de Hogares en cada llamado.
- Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda, al momento de postular la cuenta debe estar a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil.
- Contar con un ingreso familiar mensual entre 7 UF y 25 UF. Por cada integrante del núcleo familiar que exceda de tres, el ingreso máximo mensual del grupo familiar se incrementará en 8 UF.
- Que el postulante o algún integrante del grupo familiar declarado no se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
-Ser propietario o asignatario de una vivienda o infraestructura sanitaria.
-Ser beneficiario de un subsidio habitacional o tener certificado de subsidio habitacional vigente.
-Que se encuentre postulando a este o cualquier otro programa habitacional (con excepción del D.S. Nº1).
-Que haya sido declarado como integrante de un grupo familiar beneficiado por el programa de arriendo.
¿Dónde y cómo postular?
Para postular solo debes ingresarAQUÍcon tu RUT y Clave Única. Luego, desplázate hasta el apartado“llamado de postulación vigente”y selecciona“llamado regular arriendo 2022“, haz clic en“postular”luego completa los datos y listo.
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