Ya desde la semana pasada salían a la luz los trascendidos que posiblemente la Corte Suprema anularía el juicio contra Martín Pradenas –condenado a 20 años de prisión por delitos sexuales– y este jueves el máximo tribunal del país ratificó la nulidad del fallo.
Esta jornada, en fallo dividido, la Segunda Sala de la Corte Suprema acogió el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del condenado, argumentando la vulneración a la garantía de “juez imparcial”, no así el fondo de la resolución de prisión contra Pradenas.
El pasado 6 de agosto, el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco declaraba culpable a Pradenas por distintos delitos de índole sexual, incluyendo dos violaciones y abuso sexual, uno de ellos perpetrados contra una menor de 14 años.
Tras conocerse la sentencia a 20 años de presidio, el abogado Javier Jara Müller presentó un recurso de nulidad a la Corte Suprema, para dejar sin efecto la determinación de la sentencia. El argumento de la defensa se basaba en una imparcialidad del juez Leonel Torres Labbé, quien compartió distintos mensajes contra Pradenas Dürr en sus redes sociales.
Con dicho argumento sobre la mesa, la segunda Sala del tribunal supremo, en un fallo dividido, consideró que se vulneró a la garantía de “juez imparcial”, en virtud de ello acogió la nulidad del juicio. Sin embargo, el máximo tribunal no cuestionó las pruebas presentadas por la parte querellante, ni la participación del condenado y tampoco la perspectiva de género.
“Debido a que uno de los integrantes del TOP de Temuco realizó comentarios en sus redes sociales mientras se desarrollaba el juicio oral; y que dan cuenta de que el magistrado redactor de la sentencia condenatoria enfrentó el proceso alejado de la objetividad a que está obligado por ley”, sostiene el fallo de la Corte Suprema.