El regreso al trabajo de manera presencial está volviendo paulatinamente tras dos años de pandemia por Covid-19, y una de las preocupaciones que tiene la mayoría de las madres trabajadoras es saber a quién le encargan el cuidado de sus hijos pequeños, por lo que las salas cunas y jardines infantiles surgen como alternativa para dejar a los niños durante su jornada laboral.

Cabe señalar que las trabajadoras del sector privado que realicen funciones en empresas con más de 20 mujeres contratadas y trabajadoras del sector público, el código del trabajo establece la cobertura de sala cuna o jardín infantil para los niños y niñas menores de dos años.

A continuación te mencionamos de qué trata el Bono Sala Cuna y cómo cobrarlo.

 ¿Cómo funciona el Bono Sala Cuna?

Si no tienes la opción de acceder a una sala cuna, la Dirección del Trabajo ha permitido suscribir acuerdos entre el empleador y la madre trabajadora. Este acuerdo permite que las trabajadoras reciban un bono compensatorio por un monto que permita financiar la sala cuna del menor.

¿Cómo saber si puedo cobrar el Bono Compensatorio Sala Cuna?

El beneficio lo pueden recibir las madres trabajadoras que: 

  • Trabajen en una localidad en que no existe ningún establecimiento que cuente con la autorización debida.
  • Se desempeñen en faenas mineras ubicadas en lugares apartados de centros urbanos.
  • Presten servicios en horarios nocturnos.

En todos estos casos, para que se pueda otorgar un bono compensatorio se debe solicitar autorización ante la Dirección del Trabajo. Además, se puede acordar otorgar el bono sala cuna cuando el menor padezca de problemas médicos que aconsejen no enviarlo a sala cuna, y que dicha situación esté debidamente certificada por un facultativo competente que así lo prescriba.