El Registro Social de Hogares (RSH) es de gran importancia para el Estado, ya que se trata de una herramienta que les permite clasificar de acuerdo a la calificación socioeconómica de cada familia del país y conocer quienes necesitan con suma urgencia ciertos beneficios.
¿Cada cuánto se actualiza el Registro Social de Hogares?
El Ministerio de Desarrollo Social anunció una medida que comenzó a regir a partir del 1 de junio.
Desde este presente mes la calificación socioeconómica se actualizará con mayor frecuencia en el país.
En resumen, la calificación socioeconómica se actualizara en un periodo de 15 días, es decir, dos veces al mes.
En ese sentido, desde el propio ministerio explicaron que con la modificación “se reduce el tiempo de espera para obtener y actualizar la información que se ve reflejada en la cartola del Registro Social de Hogares”.
¿Debo actualizar mi RSH?
Solo es necesario modificar tu Registro Social de Hogares en el caso de que alguna característica sea modificada.
Es decir, como lo son los integrantes del hogar, o bien, si han aumentado o disminuido los ingresos familiares.
¿Cómo me inscribo?
Puedes inscribirte vía online, o bien, de manera presencial en las oficinas de ChileAtiende o en tu municipalidad correspondiente. Si prefieres la vía online debes hacer lo siguiente:
- Haz clic AQUÍ y selecciona ‘Obtener cartola’, y una vez dentro debes acceder con tu RUT y ClaveÚnica.
- Luego, haz clic en ‘Ingresa al Registro Social de Hogares’, completa tu información de contacto y accede en ‘continuar’.
- Completa la información de los integrantes del hogar, selecciona la jefatura del hogar y la relación de quienes integran el hogar, y haz clic en ‘continuar’.
- Adjunta los documentos que te solicite la plataforma y una vez más accede en ‘continuar’.
- Finalmente, como resultado del trámite habrás solicitado tu ingreso al Registro Social de Hogares (RSH) y deberás esperar a que tu solicitud sea revisada por un ejecutor municipal, quien determinará la aprobación o rechazo de la inscripción en un plazo de cinco días hábiles en caso de no ser realizada la visita al domicilio.