Se acercan las Fiestas Patrias y cada vez se hace más común ver a hogares chilenos con la bandera nacional junto a otras decoraciones patrias, sin embargo, ¿Sabías qué colocar la bandera durante las celebraciones nacionales tiene carácter de obligación?
Así es y si no lo haces te arriesgas a duras multas que en RedGol te contamos a continuación.
¿Qué pasa si no cuelgo la bandera? Las importantes multas que podrías recibir en fiestas patrias
El Decreto Supremo 1534, se señala que “Con excepción de los días 21 de mayo y 18 y 19 de septiembre de cada año, en que deberá izarse obligatoriamente y al tope, la Bandera Nacional podrá usarse o izarse sin autorización previa, cuidando siempre de resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones de este reglamento”.
Es decir, los días 21 de mayo, 18 y 19 de septiembre la bandera chilena debe izarse obligatoriamente y a tope, de no hacerlo arriesga multas económicas que van entre las 1 y las 5 UTM, es decir, al día de hoy entre los 63 mil pesos a $315.995.
Eso no es todo:
No obstante, otro punto que debes conocer al momento de colocar la bandera, es lo que se señala más adelante, donde dice “cuidando siempre de resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones de este reglamento”, ¿qué dice el reglamento con respecto a colocar la bandera? Que esta deberá enarbolarse en una asta de color blanco, cuya longitud no será inferior a cuatro tercios de su vuelo izada al tope.
Si no se cuenta con un mástil, se podrá colocar extendida (horizontal o vertical), sin embargo, el cuadro azul deberá quedar en la esquina superior y a la izquierda del espectador siempre.
Revisa a continuación, la información gráfica de lo recientemente informado, Gentileza de Carabineros de Chile.