El Ingreso Mínimo Garantizado consiste en un ayuda monetaria que puede ser de un máximo de $78.955 pesos. Este año hay cambios significativos en el beneficio, esto porque se realizaron modificaciones a la ley 21.578, las cuales aplican desde el 01 de enero de 2024.

Te contamos cómo debes realizar el cálculo del beneficio y cuáles son los requisitos actuales para poder acceder.

¿Cuándo pagan el Ingreso Mínimo Garantizado de enero?

En el sitio oficial del beneficio informan que la fecha de pago del IMG de enero, está programada para el día martes 30.

El calendario de pagos para los primeros meses del 2024, es el siguiente:

  • Febrero: Miércoles 28.
  • Marzo: Miércoles 27.
  • Abril: Lunes 29.
  • Mayo: Jueves 30.
  • Junio: Jueves 27.

Requisitos del Ingreso Mínimo Garantizado

El único requisito que cambia en el beneficio, es que aumentó el sueldo bruto que debe tener el postulante y pasó de $497.272 a los actuales $500.000 que se solicitan.

El resto de los requisitos son los siguientes:

– Ser trabajador dependiente.
– El contrato que tengas debe estar suscrito al Código del Trabajo.
– El sueldo bruto que recibes debe ser menor a $500.000 pesos.
– Tu contrato debe tener una jornada ordinaria, por lo tanto debe ser superior a 30 horas, con un tope de 45 horas semanales.
– La calificación socioeconómica que se solicita, es el tramo del 90% de vulnerabilidad según lo que informa el Registro Social de Hogares.

Es responsabilidad de los empleadores postular cada mes al trabajador hasta el día 15. Posterior a ese plazo, este tiene la obligación legal de informar al trabajador(a) si no lo hace, para que sea el mismo quien realice la postulación desde el día 16 del mes AQUÍ en la página oficial del beneficio.

Recuerda que si postulas durante enero y tu solicitud es aceptada, recibirás el primer pago en los 5 últimos hábiles del mes siguiente.

Por ejemplo, si postulas en enero y te pagan en febrero, esto será en base a la información del mes de noviembre.

¿Se puede recibir el Ingreso Mínimo Garantizado y el Bono Mujer Trabajadora?

Desde el Sence explican que se puede recibir pero luego de un año recibiendo estos pagos, algo podría cambiar en los montos:

“Si además de ser beneficiario de este subsidio Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), postulaste y calificaste para el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) o Subsidio al Empleo Joven (SEJ), recibirás mensualmente el subsidio al Ingreso Mínimo Garantizado durante este año.

Sin embargo, si luego de un año hubieses recibido un monto mayor por Bono al Trabajo de la Mujer o al Subsidio al Empleo Joven, se te pagará la diferencia en el proceso de liquidación que realiza SENCE del Bono al Trabajo de la Mujer o al Subsidio al Empleo Joven al año siguiente”.

¿Recibes el Ingreso Mínimo Garantizado?

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