Este miércoles el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) anunció novedades con respecto al Subsidio de Arriendo para personas mayores y discapacitados, beneficio que cubre entre un 90% y un 95% del valor mensual de un arriendo, según el porcentaje de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares (RSH).
Entre la información dada por la entidad gubernamental se encuentran los plazos de postulación y sus requisitos, los cuales te invitamos a conocer a continuación.
MINVU informa plazos para postular subsidio de arriendo para 3° edad y discapacitados
De acuerdo a la información dada por el MINVU, el llamado especial del Subsidio de Arriendo para personas mayores y personas con discapacidad se realizará entre el próximo 8 de julio y el 30 de agosto.
Quienes deseen postular a este beneficio, deben hacerlo a través de las oficinas del SERVIU o de forma online en el sitio web minvu.cl con Clave Única.
¿Cuáles son los requisitos para postular al Subsidio de Arriendo para 3° edad y discapacitados?
De acuerdo a la información oficial que señala el MINVU, este beneficio exige diferentes requisitos a las personas mayores y a las personas con discapacidad, estas son:
Requisitos personas mayores | Requisitos discapacitados |
Tener 60 años o más al momento de postular. Personas con 59 años pueden postular si cumplen la edad requerida durante este año calendario. (Cédula de identidad vigente requerida) | Estar inscrito en el Registro Nacional de Discapacidad. |
Pertenecer al 70% del Registro Social de Hogares. | Pertenecer al 70% del Registro Social de Hogares. |
Ingreso Mínimo de 5 UF. (Equivalente a la PGU vigente) | Ingreso Mínimo de 5 UF. (Equivalente a la PGU vigente) |
No debe contar con ahorro mínimo. | No debe contar con ahorro mínimo. |
¿Cuándo dinero entrega el subsidio de arriendo?
El valor máximo del subsidio dependerá del porcentaje de vulnerabilidad del postulante, según esta tabla:
% Registro Social de Hogares | Monto (UF) y cobertura Máxima |
40% | 213 UF (95%) |
50% | 209 UF (93%) |
60% | 207 UF (92%) |
70% | 202 UF (90%) |
El beneficio, adicionalmente, entrega un monto de 1 UF para gastos administrativos.