Generalmente en los meses de enero, febrero y marzo, miles de estudiantes de la educación superior o de la enseñanza media técnico-profesional realizan sus prácticas profesionales en Chile.

Un proceso clave para los estudiantes que se adentran al mundo laboral. Sin embargo, hay dudas en cuanto a si es que se debe recibir algún tipo de pago o bonificación por trabajar para alguna empresa. A continuación te damos la respuesta.

¿Es obligatorio que paguen la práctica laboral en Chile?

Sí, el artículo 8 del Código del Trabajo establece que se le debe pagar al estudiante en práctica un pago por colación y movilización, o una asignación compensatoria de dichos beneficios.

Este pago debe ser acordado de forma anticipada antes de empezar la práctica. No obstante, no constituye remuneración para efecto legal alguno, es decir, no hay retenciones de dinero por pago de cotizaciones de AFP o salud.

Ahora bien, la ley no establece la obligatoriedad de que se pague un sueldo a la o el estudiante en práctica, ya que esto depende de cada empresa.

En el caso de quienes realice su práctica profesional en servicios públicos de la administración central del Estado, también tienen el derecho asegurado de, al menos, la colación o la movilización. Es decir, no necesariamente de ambos beneficios como en empresas privadas. Igualmente, cada ente estatal podrá ofrecer condiciones adicionales de pago.

¿Me deben hacer un contrato por la práctica profesional?

No, el mismo Código del Trabajo indica que un estudiante en práctica no genera una relación laboral con la empresa. Por lo tanto, no es necesario hacer un contrato de trabajo.

No corresponde escriturar un contrato de trabajo respecto de un alumno o egresado de una institución de educación superior o de la enseñanza media técnico-profesional que realiza su práctica profesional, toda vez que la realización de la práctica profesional no genera una relación laboral“, establece la Dirección del Trabajo.

Por ello, no es necesario firmar ningún tipo de contrato que acredite tu práctica profesional. Ante ello, se recomienda que firmes un convenio de práctica con tu institución académica, para que se defina con claridad las funciones a cumplir y la duración que tendrá.

Ahora bien, esto no significa que un estudiante en práctica no esté protegido por la ley, ya que se asegura, por ejemplo, que la empresa debe proporcionar “los elementos de protección personal adecuados al riesgo a que se exponía”. De hecho, en caso de que un estudiante sufra un accidente grave y no se le protegió al como correspondía, la compañía puede recibir una multa.

¿Qué pasa si me quieren extender la práctica laboral?

Muchas veces es común que las empresas evalúen de buena forma al practicante y quieran que este se quede trabajando por más tiempo del que indica la práctica. En dicho caso, no se puede “extender la práctica laboral”, sino que el estudiante ya debe pasar a tener una relación laboral con el empleador.

Por lo tanto, tendrás que suscribir los respectivos contratos de trabajo con remuneraciones acorde a las funciones que se desempeñarán y todas las normas legales que ello implica, según indica Nubox.

¿Crees que se debería pagar de forma obligatoria la práctica profesional?

¿Crees que se debería pagar de forma obligatoria la práctica profesional?

Sí, debería haber un sueldo mínimo en estos casos
Está bien que solo se pague colación y transporte
No deberían pagar nada

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