Este 26 de abril comienza a funcionar la Ley de 40 Horas, la cual, además de rebajar el horario laboral semanal, trae consigo diversas normas que buscan conciliar el trabajo con la vida familiar, sobre todo para quienes tienen hijos.
¿Cuál es la norma de la Ley de 40 Horas que beneficia a madres y padres?
Según explica en su página web la Dirección del Trabajo (DT), gracias a la Ley de 40 Horas, “los trabajadores y trabajadoras que se encuentren al cuidado de niños y niñas hasta 12 años, tienen el derecho para anticipar o retrasar hasta en una hora su hora de ingreso al trabajo. Para ello, deben presentar el certificado de nacimiento o sentencia que otorgue el cuidado del niño o niña“. Si madre y padre trabajan, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá hacer uso de este derecho.
Por ejemplo, si la jornada laboral de un trabajador o trabajadora es de 09:00 a 18:00 horas, podrá, aplicándose el procedimiento contenido en la ley, llegar a su trabajo a las 08:00 (anticipar) y salir a las 17:00 horas; o bien, podrá llegar a las 10:00 (retrasar) y salir a las 19:00 horas.
¿Los empleadores pueden negarse a entregar este derecho?
La ley señala que el empleador no puede negarse a la banda horaria que un trabajador solicite, “salvo que la empresa funcione en un horario que no permita anticipar o postergar la jornada de trabajo, o por la naturaleza de los servicios prestados por el trabajador, como en el caso de funciones o labores de atención de público, o que sean necesarias para la realización de los servicios de otros trabajadores, o de atención de servicios de urgencia, trabajo por turnos, guardias, o similares, en tanto requieran que el trabajador efectivamente se encuentre en su puesto a la hora específica señalada en el contrato de trabajo o en el reglamento interno”.